Estimación de recurso: Cuerpo de Letrados
Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2016 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Cuerpo de Letrados
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Relación definitiva integrantes Bolsa de Empleo (BOCyL)
Fecha de publicación: 7 de marzo de 2018
Contenido publicado el 13 de febrero de 2018:
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LA PARTE DISPOSITIVA DE LA RESOLUCIÓN DE 31 DE ENERO DE 2018, DE LA VICECONSEJERÍA DE FUNCIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO POR LA QUE SE ESTIMA EL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR Dª Mª ELENA DOMÍNGUEZ PANIAGUA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE LETRADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA RELACIÓN DE ASPIRANTES PROPUESTOS PARA SU INCLUSIÓN EN LA BOLSA DE EMPLEO.
La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto de la Consejería de la Presidencia ha dictado, con fecha 31 de enero de 2018, Resolución por la que se resuelve el recurso de alzada interpuesto por Dª. Mª Elena Domínguez Paniagua, contra la resolución del tribunal de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Castilla y León, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
“Resuelvo: Estimar el recurso de alzada interpuesto por Dª María Elena Domínguez Paniagua contra la resolución, de 26 de junio de 2017, del tribunal de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por la que se hace pública la relación de aspirantes propuestos para su inclusión en la bolsa de empleo.
-Anular, parcialmente, la resolución de 26 de junio de 2017, en el exclusivo particular de la omisión de la recurrente y del resto de los aspirantes que reúnan los condicionamientos señalados; debiendo el tribunal calificador dictar nueva resolución complementaria de aspirantes propuestos para su inclusión en la bolsa de empleo conforme a lo dispuesto en el fundamento tercero de esta resolución.
-Mantener la validez de la resolución de 26 de junio de 2017 en lo que se refiere a los aspirantes que sí figuran en la relación de propuestos para su inclusión en la bolsa de empleo, así como de cuantas resoluciones y actuaciones subsiguientes hayan podido derivarse al respecto.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso – administrativo ante el Juzgado del mismo nombre con sede en Valladolid, en aplicación de los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso –Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a su notificación”.
Lo que se publica para general conocimiento y cumplimiento.