Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación: 19 de mayo de 2022
Contenido publicado el 28 de marzo de 2022:
ORDEN PRE/256/2022, de 23 de marzo, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/670/2020, de 23 de julio, para el ingreso, por el sistema de acceso por promocion interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se ofertan los puestos de trabajo.
Primero. Aprobar y publicar la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.
Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar los siguientes documentos:
- a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta apartado a) de la convocatoria.
- b) Fotocopia compulsada del título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
- c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública (Anexo II). Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
- d) Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme al modelo del Anexo II.
- e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria (Anexo II).
La documentación a que se refieren los apartados anteriores deberá presentarse en cualquiera de oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).
Tercero. Los aspirantes que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base quinta de la citada Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad de la solicitud inicial.
Cuarto. Junto a la documentación exigida en el apartado segundo, los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo III de la presente resolución, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo IV, consignando los puestos por orden de preferencia, debiendo los aspirantes relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final.
El encuadramiento de los puestos en una determinada Consejería se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en los Decretos 2/2015, de 7 de julio, y 2/2019, de 16 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en tanto no se adecúan a éstos las Relaciones de Puestos de Trabajo.
Quinto. Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. El destino tendrá carácter definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.
Sexto. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Consejería de la Presidencia publicará el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo con el destino que se les haya adjudicado.
Séptimo. Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Fecha límite:
Plazo presentación documentación: hasta el 27 de abril de 2022
Información adicional:
Los aspirantes que se acojan a lo previsto en el artículo 71.5 de la Ley 7/2005 de 24 de mayo (adjudicación del puesto que se ocupa en destino definitivo) deberán anexar la propuesta de la Consejería en que estén destinados.