Adaptaciones solicitadas para el acceso de personas con discapacidad de Educadores Sociales (2022/24)
Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > 2024 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Turno Libre > Educadores Sociales (2022/24)
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Lectura 2º Ejercicio
Fecha de publicación: 28 de abril de 2026
Contenido publicado el 9 de marzo de 2026:
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO, POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE, EN EL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS, ESCALA DE EDUCADORES SOCIALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Reunido el Tribunal en sesión de fecha 26 de febrero de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Base Sexta de la Resolución de 11 de junio de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Educadores Sociales y el artículo 10 del Decreto 24/2022, de 16 de junio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y vistas las solicitudes de adaptación presentadas por los aspirantes, la documentación justificativa aportada y los informes y dictámenes técnicos facultativos solicitados al órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredita la necesidad de las adaptaciones solicitadas:
ACUERDA
Conceder las siguientes adaptaciones:
Aspirante con NIF ***1143**. Uso de silla de escritorio con reposacabezas.
Aspirante con NIF ***9389**. Eliminación de barreras arquitectónicas.
Aspirante con NIF ***5729**. Ampliación de tiempo de ejercicios.
- Primer ejercicio: 46 minutos adicionales sobre el tiempo de la prueba.
- Segundo ejercicio: 50 minutos adicionales sobre el tiempo de la prueba.
Aspirante con NIF ***5913**. Ampliación de tiempo de ejercicios.
- Primer ejercicio: 55 minutos adicionales sobre el tiempo de la prueba.
- Segundo ejercicio: 60 minutos adicionales sobre el tiempo de la prueba.
Denegar las siguientes adaptaciones, por los siguientes motivos:
Aspirante con NIF ***3882**. Ampliación de tiempo de ejercicios.
- Por no tener reconocida la condición de persona con discapacidad, no le corresponde la adaptación solicitada.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopúblico.jcyl.es y en las Oficinas y Puntos de información y Atención al Ciudadano relacionadas en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, c).