Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación: 8 de abril de 2026
Contenido publicado el 8 de abril de 2026:
ORDEN PRE/314/2026, de 1 de abril, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado, mediante el sistema de concurso-oposición, por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Mediante Resolución de 16 de julio de 2025 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso, mediante el sistema de concurso-oposición, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que fue convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se ofertan los puestos correspondientes.
Transcurrido el plazo de presentación de los documentos señalados en la citada Resolución, y conforme a lo dispuesto en su parte dispositiva, procede efectuar el nombramiento como funcionarios de carrera del referido cuerpo a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, han acreditado documentalmente que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y la asignación a estos del destino correspondiente, todo ello en función de los puestos ofertados, la petición de adjudicación efectuada por aquellos y el cumplimiento de los requisitos para su desempeño fijados en la relación de puestos de trabajo vigente. En este sentido, al aspirante número diecisiete se le ha adjudicado de oficio el primer puesto que, reuniendo los requisitos previstos en la relación de puestos de trabajo para su desempeño, ha quedado vacante entre aquellos ofertados y no adjudicados a otros aspirantes, por haber incumplido su obligación de consignar tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final del proceso.
Asimismo, procede declarar decaídos en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas), así como a la adjudicación de un puesto de trabajo, a los aspirantes que se indican por ostentar ya la condición de funcionario de carrera en dicho cuerpo, incumpliendo por ello el requisito previsto en la base quinta, letra e) de la convocatoria.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la base duodécima de la convocatoria, esta Consejería de la Presidencia, al amparo de las competencias que tiene atribuidas el Consejero competente en materia de Función Pública en virtud del artículo 7.2.l) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,
RESUELVE
Primero. Nombrar funcionarios de carrera en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan en el Anexo a la presente orden, adjudicándoseles destino en los puestos de trabajo que se indican. Dicha adjudicación tiene carácter definitivo.
Segundo. Declarar decaídos en su derecho a ser nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Agrícolas) de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan por ostentar la condición de funcionario de carrera en el mismo cuerpo:
Número Id. Fiscal Apellidos y Nombre Turno
- ***3230** MOREDA CERRATO, ANA MARIA L
- ***3213** AYALA BENITO, CRISTINA L
- ***9799** SOTO HERRERO, MARIA TERESA L
Tercero. En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, los aspirantes nombrados funcionarios de carrera en ella deberán efectuar la toma de posesión en el correspondiente puesto de trabajo adjudicado, cumpliendo los requisitos señalados en la misma, ante el Secretario General o Delegado Territorial correspondiente.
Cuarto. En el acto de toma de posesión, los aspirantes que han sido nombrados por esta orden, deberán presentar la declaración a la que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se prueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si el interesado viniese realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997 y demás normas concordantes.
Quinto. Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrán de prestar juramento o promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes en el ejercicio de las funciones atribuidas, conforme a lo establecido en el artículo 36.1 c) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas.
Sexto. Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter potestativo, aquellos podrán interponer recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.