Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Procesos de estabilización > Procesos de estabilización: concurso > Personal Laboral > Concurso de diferentes competencias funcionales (estabilización empleo temporal Ley 20/2021) > Fisioterapeuta
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Aspirantes que superan el proceso selectivo y oferta de vacantes
Fecha límite: Plazo de presentación documentación: del 29 de mayo al 25 de junio de 2026
Contenido publicado el 28 de mayo de 2026:
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2026, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se aprueba y publica la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso, mediante el sistema de concurso, a la competencia funcional de Fisioterapeuta de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que fue convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de esta Viceconsejería, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se ofertan los puestos de trabajo.
Mediante Resolución de fecha 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, publicada en el B.O.C. y L. n.º 249, de 29 de diciembre, se convocaron diferentes procesos selectivos, mediante concurso, para el ingreso en diversas competencias funcionales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, entre ellas la de Fisioterapeuta, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Por Resolución de 2 de julio de 2025 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se aprueba y publica la relación de aspirantes que superaron el proceso selectivo de acceso a la competencia funcional de Fisioterapeuta, ofertándose los puestos correspondientes.
Por su parte, por Resolución de 24 de septiembre de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, se adjudica destino a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo mencionado, acreditaron documentalmente el cumplimiento de los requisitos establecidos para su contratación en la citada categoría profesional. Uno de los aspirantes mencionados en el apartado anterior no aportó la documentación preceptiva exigida en la base 9.4 de la convocatoria, y por tanto, no se le adjudicó puesto alguno conforme a la base 9.6. En este sentido, otros aspirantes, habiendo aportado esta documentación, y adjudicado el correspondiente puesto de trabajo, no consta que llegaran a formalizar el contrato de trabajo y/o a incorporarse. En ambos casos, no adquieren la condición de personal laboral fijo en la correspondiente categoría profesional, procediendo declararles decaídos en su derecho a la contratación como personal laboral fijo en la categoría objeto de la convocatoria.
No obstante, no habiéndose cubierto todas las plazas convocadas en este proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en la base 9.2 de la convocatoria, a efectos de asegurar la cobertura de las mismas, a la vista de la propuesta de la Comisión de Selección, procede aprobar una relación complementaria de aspirantes que superan el proceso selectivo.
Dicha relación está integrada por aquellos aspirantes que siguen a los propuestos inicialmente por la Comisión de Selección, siempre que cumplan los requisitos para ser contratados como personal laboral fijo en esta categoría profesional, excluyéndose expresamente a aquellos que, pese a figurar en la relación de aspirantes que participaron en el proceso en una posición superior a los indicados en primer término, ordenados en función de la puntuación final obtenida en el proceso, no cumplen alguno de los requisitos previstos en la base cuarta de la convocatoria, particularmente el de no pertenecer a la misma competencia funcional, ahora categoría profesional objeto de la convocatoria.
Conforme a lo expuesto, en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia, esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano
RESUELVE
Primero. Declarar decaídos en su derecho a la adjudicación de un puesto y a la formalización del contrato de trabajo a los aspirantes que se relacionan en el anexo I por los motivos que allí se indican.
Segundo. Aprobar y publicar la relación de aspirantes que se relacionan en el anexo II que, pese a su posición en el proceso selectivo, no se les incluye en la relación complementaria de aspirantes que superan el proceso por ostentar la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional objeto de la convocatoria incumpliendo el requisito previsto en la letra e) de la base 4ª de la convocatoria.
Tercero. Aprobar y publicar que los aspirantes que se relacionan en el anexo III han superado el proceso selectivo con las puntuaciones que se indican, ofertándoles los puestos de trabajo que figuran en el anexo IV.
Cuarto. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en los respectivos anexos deberán presentar los siguientes documentos:
- a) Copia Auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base cuarta, apartado a) de la convocatoria.
- b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el Art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- c) Copia Auténtica del Título académico universitario de Diplomado o Grado en Fisioterapia o equivalente, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será exigible al aspirante que hubiera obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
- d) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
- e) Declaración responsable de no pertenecer a la categoría profesional de Fisioterapeuta.
- f) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional de Fisioterapeuta.
Quinto. La presentación de esta documentación, así como de la petición de puestos vacantes se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se cumplimentará el formulario «
Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados
» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación telemática se elegirá la opción de «Firmar y registrar», siguiendo los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de documentos y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
Sexto. Salvo casos de fuerza mayor, si dentro del plazo fijado no se ha autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a), b) y c) o no se presentase la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta de la convocatoria, no podrá ser contratado como personal laboral fijo, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
Séptimo. Los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo IV de la presente Resolución, deberán consignar en el formulario «Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados» los puestos por orden de preferencia, debiendo relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la relación complementaria. En caso contrario, si el aspirante no consignara todos los puestos de entre aquellos ofertados respecto de los que cumpla los requisitos objetivos, se le asignará de oficio el primer puesto de entre aquellos ofertados y no adjudicados.
Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.
Octavo. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se efectuará la adjudicación de los puestos, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, publicándose en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Noveno. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Valladolid en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en artículo 10.4 a) en relación con el artículo 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Fecha límite:
Plazo de presentación documentación: del 29 de mayo al 25 de junio de 2026