Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Empleados Públicos de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Bolsa de empleo de Auxiliar de Biblioteca

  • Ir a descargas

Tipo:

Bolsa de Empleo

Fecha de publicación:

27 de febrero de 2020

Solicitud:

Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán  acceder a la APLICACIÓN INFORMÁTICA y formalizar la INSCRIPCIÓN, realizar la AUTOBAREMACIÓN de méritos y elegir la ZONA o zonas en las que desearía trabajar.

Inscripción: es la manifestación de voluntad de formar parte de la bolsa de empleo, los aspirantes deberán consignar obligatoriamente los datos personales y los relativos al cumplimiento de los requisitos de acceso, con especial atención a las titulaciones académicas requeridas. Además, los aspirantes deberán dejar constancia del conocimiento de idiomas, o de estar en posesión de otras titulaciones de nivel igual o superior a la requerida para el acceso a la bolsa o de cualquier otra cualificación profesional, tales como la formación no reglada, los carnés, etc., por si éstos resultasen requisito para la ocupación de algún puesto de trabajo.

En la solicitud de inclusión en esta bolsa de empleo de personal laboral temporal se deberá indicar si opta a contratos a jornada completa, a media jornada o superior, a menos de media jornada, a todas las modalidades de jornada citadas o solo a algunas de ellas.

Autobaremación de méritos: Los aspirantes cumplimentarán el formulario correspondiente y alegarán inexcusablemente los méritos que poseen y de los que pretenden valerse, conforme al baremo de méritos que se recoge en el Anexo I y procederán a su autobaremación.

Elección de zona o zonas:  Los aspirantes podrán elegir la zona o zonas en las que desean ser llamados para acceder a un empleo temporal, debiendo elegir, al menos, una zona. La no elección de zona implicará la exclusión de la relación de integrantes de la bolsa. La aplicación informática facilitará información a los aspirantes acerca de qué localidades comprende cada una de las zonas.

Lugar y forma de presentación:

  • A través de la Aplicación Informática habilitada al efecto.

Plazo de presentación de solicitudes:

La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el BOCyL.

DESDE EL 1 DE JUNIO DE 2020, SE HABILITA LA POSIBILIDAD DE QUE LOS INTERESADOS PUEDAN FORMALIZAR LA INSCRIPCIÓN EN LA APLICACIÓN INFORMÁTICA HASTA EL DÍA 18 DE JUNIO DE 2020. (Ver «Nota informativa» en el apartado de «Descargas»)

FECHA DE CORTE: Formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 18 de julio de 2022 [Modificado por Orden PRE/653/2022 (BOCyL 16-06-2022)] o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.

Requisitos:

Los interesados en formar parte de esta bolsa de empleo deberán reunir los requisitos generales que se indican, así como los específicos que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo para su desempeño, y demás condiciones que se exigen a quienes deseen formar parte de la bolsa de empleo se deberán cumplir en el momento de la inscripción en la bolsa de empleo y mantenerse mientras permanezcan inscritos en ésta.

Los aspirantes de la bolsa de empleo habrán de acreditar el cumplimiento de los requisitos en el momento de formalización del contrato de trabajo de personal laboral temporal o en cualquier momento del proceso selectivo cuando sean requeridos para ello por la Administración.

Procedimiento de selección:

El proceso de selección consta de tres fases:

La PRIMERA FASE consiste en la inscripción de los aspirantes en la aplicación informática. En su solicitud deberán alegar los méritos objeto de autobaremación y elegir la zona o zonas donde desean trabajar.

La SEGUNDA FASE consiste en determinar la relación de integrantes de la bolsa de empleo, es decir, la relación pública y ordenada de inscritos en la bolsa en la fecha de corte, de acuerdo con la puntuación obtenida de los méritos alegados hasta dicha fecha.

La TERCERA FASE consiste en determinar la relación de candidatos de la bolsa de empleo, es decir, de aquellos integrantes de la bolsa de empleo que, previa validación por la Administración de los méritos que aleguen, obtengan una puntuación igual o superior a la nota de corte que se establezca.

Información adicional:

Relación provisional y relación definitiva de integrantes y excluidos

  • Con posterioridad a la fecha de corte se aprobará la relación provisional de integrantes de la bolsa, ordenados en atención a la puntuación obtenida por los méritos alegados hasta dicha fecha, y de excluidos, con indicación de la causa de exclusión, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León. Los interesados dispondrán de diez días para formular alegaciones a la citada resolución.
  • Concluido este plazo, se dictará resolución definitiva de integrantes y de excluidos, con indicación de la causa de exclusión, en la cual se indicará qué integrantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos autobaremados. El plazo para presentar la documentación será de diez días.  Se acreditarán de oficio por la Administración:
    • 1.º– Los méritos alegados relativos a los ejercicios, superados o no superados, de acceso a la competencia funcional de Auxiliar de Biblioteca de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos correspondientes a procesos selectivos convocados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según se describen en los apartados a) y b) del baremo de méritos.
    • 2.º– Los méritos alegados previstos en los apartados c) y d) del baremo, cuando correspondan a servicios prestados o experiencia profesional adquirida en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.
    • Los integrantes que hayan alegado exclusivamente los méritos que se acrediten de oficio en los términos expuestos en el párrafo anterior están exentos de presentar en dicho plazo la documentación justificativa de los mismos.

Candidatos de la bolsa de empleo

  • Vista la documentación acreditativa de los méritos alegados se publicará la relación provisional de candidatos de la bolsa de empleo y de excluidos de la misma por no haber acreditado suficiente puntuación. Así mismo, se otorgará un plazo de diez días para formular alegaciones contra su contenido.
  • Vistas las alegaciones se dictará resolución haciendo pública la relación definitiva de candidatos de la bolsa de empleo por orden de puntuación, así como la relación definitiva de excluidos. Se indicará igualmente la fecha de su puesta en funcionamiento, momento a partir del cual quedará sin efectos la relación de candidatos a la que sustituya.
  • Únicamente podrán ser llamados a desempeñar puestos de trabajo en régimen de contratación temporal quienes figuren en la relación de candidatos admitidos a la que se refiere el apartado anterior. No obstante, dicha relación podrá ampliarse mediante resolución que será debidamente publicada, previa acreditación de los méritos alegados, en alguna de las siguientes circunstancias:
    • a) Cuando se prevea su agotamiento y no proceda acordar una nueva fecha de corte, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo superen la puntuación que se establezca en la resolución de ampliación del listado de candidatos.
    • b) Cuando no hubiese candidatos para la ocupación de puestos en alguna zona, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo la hubieran solicitado y a falta de ellos, con quienes estando inscritos en la aplicación informática, hubiesen solicitado dicha zona.
    • c) Cuando ninguno de los candidatos reúna los requisitos exigibles para la ocupación de ciertos puestos, con quienes figurando en el listado de integrantes definitivo sí los reúnan y a falta de ellos, con quienes estén inscritos en la aplicación informática, reuniesen los mencionados requisitos.