Tipo:
Bolsa de Empleo
Fecha de publicación:
4 de junio de 2026
Solicitud:
Para formar parte de esta bolsa de empleo temporal, los interesados deberán cumplimentar la solicitud electrónica.
Una vez presentada la solicitud de participación, el órgano gestor, mediante el acceso a sus bases de datos, archivos y registros, procederá a obtener, comprobar y valorar los méritos con los que cuenta cada aspirante conforme a lo dispuesto en el anexo, sin necesidad de que sean expresamente alegados y acreditados, excepción hecha de la experiencia profesional en otra Administración pública, cuya valoración exigirá la correspondiente alegación y acreditación.
Las personas interesadas en participar en la bolsa deberán relacionarse electrónicamente con la Administración en toda su tramitación, incluida en todo caso la impugnación de cualquier actuación.
Lugar y forma de presentación:
- El procedimiento de constitución de la bolsa será electrónico a través de la Aplicación Informática habilitada al efecto.
Plazo de presentación de solicitudes:
La inscripción y demás acciones podrán realizarse desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el BOCyL. La bolsa estará abierta de forma permanente a fin de que aquellas personas que estén interesadas en formar parte de ella puedan, en cualquier momento, solicitar su inclusión en la misma.
FECHA DE CORTE: Participarán en el proceso de constitución de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 30 de JUNIO de 2026 o, si éste fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.
Requisitos:
Los interesados en formar parte de esta bolsa de empleo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la UE, o estar incluido en los supuestos de cónyuges, descendientes o tratados internacionales de libre circulación, con las excepciones legalmente previstas.
b) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Titulación: Estar en posesión del Título de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural o equivalente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
d) Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones del puesto.
e) Habilitación: No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de empleos o cargos públicos, en España o en el país de origen.
f) Requisitos específicos: Podrán exigirse otros requisitos en función de las características del puesto a desempeñar.
Procedimiento de selección:
La constitución de la bolsa consta de 3 fases:
■ PRIMERA FASE: inscripción en la bolsa de empleo mediante la presentación de la solicitud electrónica de participación a través de la aplicación informática habilitada al efecto.
■ SEGUNDA FASE: elaboración de la relación provisional de personas integrantes de la bolsa de empleo en la fecha de corte, con indicación de la puntuación obtenida, así como de la relación provisional de personas excluidas y las causas de exclusión.
■ TERCERA FASE: aprobación de la relación definitiva de personas integrantes de la bolsa de empleo, ordenada según la puntuación obtenida, y de la relación definitiva de personas excluidas, con indicación de las causas de exclusión.
BAREMO DE MÉRITOS: Los méritos para valorar en la constitución de la bolsa, así como su ponderación, se encuentran recogidos en el anexo I:
Información adicional:
Integrantes de la bolsa de empleo
- Fecha de corte: 30 de JUNIO de 2026 o, si este fuera inhábil, el primer día hábil siguiente.
- Relaciones provisional y definitiva: el órgano gestor dictará resolución aprobando:
- La relación provisional de personas integrantes de la bolsa de empleo, con la puntuación correspondiente referida a la fecha de corte.
- La relación provisional de personas excluidas, con indicación de las causas de exclusión.
- Ambas relaciones se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Portal de Empleados Públicos de la Junta de Castilla y León.
- Las personas aspirantes podrán consultar, a través de la sede electrónica, los méritos valorados para la asignación de la puntuación.
- Se abrirá un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.
- Una vez examinadas, se dictará resolución aprobando:
- La relación definitiva de personas integrantes de la bolsa, ordenada por puntuación, y
- La relación definitiva de personas excluidas, con indicación de la causa.
- En esta resolución se indicará la fecha de entrada en funcionamiento de la bolsa, momento en el que quedará sin efecto la bolsa de empleo temporal del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León aprobada por Orden MAV/860/2023, de 4 de julio.
- La resolución definitiva se publicará igualmente en el BOCYL y en el Portal de Empleados Públicos.
- Las personas integrantes de la bolsa podrán solicitar su baja en cualquier momento, produciéndose los efectos desde la fecha de la solicitud, previa resolución del órgano gestor.
Gestión de la bolsa
- El llamamiento se realizará exclusivamente mediante publicación electrónica, conforme al Decreto 18/2025, de 18 de diciembre.
- Los días 10, 20 y último de cada mes (o el día hábil siguiente) se publicarán los puestos ofertados, indicando: requisitos de acceso, características y funciones del puesto y motivo de la cobertura temporal.
- Las personas integrantes podrán solicitar la adjudicación de uno o varios puestos a través de la sede electrónica, por orden de preferencia, en el plazo de 2 días hábiles desde la publicación.
- La adjudicación se realizará siguiendo el orden de prelación de la bolsa, a la persona disponible que reúna los requisitos.
- Si durante el mismo periodo se presenta una nueva solicitud de puestos, esta anulará la anterior.
- La publicidad de adjudicaciones, situaciones en la bolsa y retorno a disponibilidad se regirá por el capítulo III del Decreto 18/2025, de 18 de diciembre.