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Resolución Concurso Específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados al personal funcionario de los Cuerpos Superior de la Administración, Arquitectos, y de Gestión de la Administración

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Contenido publicado el 30 de abril de 2014:

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2014, de la Viceconsejería de Función Pública y Modernización, por la que se resuelve el concurso específico convocado por Resolución de 9 de julio de 2013 de esta Viceconsejería, para la provisión de puestos de trabajo vacantes reservados al personal funcionario de los Cuerpos Superior de la Administración, Arquitectos, y de Gestión de la Administración de Castilla y León, en el ámbito de la Consejería de Educación.

Primero.– Hacer pública la resolución del concurso específico convocado, y en su virtud adjudicar los puestos de trabajo relacionados en el Anexo de esta orden a los concursantes que se indican, con las puntuaciones obtenidas por cada uno de los adjudicatarios. El puesto de trabajo ofertado que no aparece relacionado ha resultado desierto en la adjudicación.

Segundo.– Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito al mismo Cuerpo/Escala desde que se concursa. La Viceconsejería de Función Pública y Modernización, en el caso que proceda, aceptará la renuncia al puesto ahora adjudicado mediante resolución que será notificada al interesado y a la Unidad a la que hubiera sido destinado.

Dichos destinos tienen la consideración de voluntarios, y no generan, en consecuencia, derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio.

Tercero.– El cese en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando los adjudicatarios se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la presente resolución.

La toma de posesión del nuevo destino obtenido deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese si dicho destino radica en la misma localidad, o en el plazo de diez días hábiles siguientes al del cese si radica en localidad distinta.

Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de diez días hábiles y comenzará a computarse a partir del día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el indicado Diario oficial.

El cómputo de dichos plazos se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias o vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo en el supuesto de que el puesto en que deban cesar haya sido adjudicado en el concurso o al mismo deba acceder otro funcionario.

No obstante, a los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o disfrutando de permisos por maternidad o paternidad se diligenciará el cese en el destino anterior y la toma de posesión en el nuevo destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los apartados anteriores, sin que ello suponga la finalización de la licencia o permiso concedidos.

Cuarto.– El Secretario General, o el Delegado Territorial, donde preste servicios el funcionario podrá, no obstante, y salvo que el puesto haya sido adjudicado a otro funcionario en el concurso o al mismo deba acceder otro funcionario, diferir el cese por necesidades del servicio, hasta un mes, debiendo comunicarse esta circunstancia a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario, así como a la Dirección General de la Función Pública.

Quinto.– Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Función Pública y Modernización en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Información adicional:


Enlace: Consulta de la adjudicación mediante DNI/NIF

NOVEDAD: Los funcionarios que hayan participado en el concurso de méritos y sean usuarios del Portal Personal del Empleado pueden consultar el informe de puntuaciones obtenidas para cada uno de los puestos solicitados.