Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Adjudicación definitiva del Concurso
Fecha de publicación: 15 de marzo de 2018
Contenido publicado el 15 de marzo de 2018:
RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2018, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se resuelve definitivamente el concurso específico convocado por la Resolución de 12 de junio de 2017, de esta Viceconsejería, para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los servicios periféricos de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de los Organismos Autónomos dependientes de ésta en la provincia de Segovia, reservados al personal funcionario de los Subgrupos A1 y A2, perteneciente a los Cuerpos Superior de la Administración, Superior de la Administración Económico-Financiera, de Gestión de la Administración y de Gestión Económico- Financiera, y a otros Cuerpos y Escalas.
Primero.– Hacer pública la resolución definitiva del concurso, adjudicándose con este carácter a los concursantes que se reseñan los puestos de trabajo vacantes relacionados en el Anexo I, con indicación de la puntuación total y de las puntuaciones otorgadas en cada de los méritos generales de la primera fase y en los correspondientes méritos específicos y en la memoria (MES600) de la fase segunda.
Se declara desierta la adjudicación del resto de puestos de trabajo vacantes por no haber peticiones o no alcanzar los candidatos las puntuaciones mínimas y demás requisitos establecidos en la resolución de convocatoria. Queda, asimismo, desierta la adjudicación de la totalidad de los puestos ofertados a resultas por no haber solicitudes para dichos puestos o, en su caso, no participar sus titulares en este proceso de provisión.
Segundo.– Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito al mismo Cuerpo/Escala desde el que se concursa. La Viceconsejería de la Función Pública y Gobierno Abierto, en caso de que proceda, aceptará la renuncia al puesto ahora adjudicado, mediante resolución que será notificada al interesado y a la unidad a la que hubiera sido destinado.
Los destinos adjudicados en esta resolución no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio, conforme a la base duodécima.
Tercero.– El cese en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando los adjudicatarios se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente resolución.
La toma de posesión del nuevo destino obtenido deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese, si dicho destino radica en la misma localidad, o en el plazo de diez días hábiles siguientes al del cese si radica en localidad distinta.
Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de diez días hábiles y comenzará a computarse a partir del día hábil siguiente al de la publicación de esta resolución en el indicado Diario oficial.
El plazo posesorio se considerará a todos los efectos, incluso los retributivos, como de servicio activo para los funcionarios que participen desde esta situación administrativa.
El cómputo de dichos plazos se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias o vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo en el supuesto de que el puesto en que deban cesar haya sido adjudicado en el concurso o al mismo deba acceder otro funcionario.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, a los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o disfrutando de permisos de maternidad o paternidad, se les diligenciará el cese en el destino que estuvieran desempeñando y la toma de posesión en el nuevo destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los dos primeros párrafos de este apartado, sin que ello suponga la finalización de las licencias o permisos concedidos.
Cuarto.– El Secretario General de la Consejería, Gerente del Organismo Autónomo o, en su caso, Delegado Territorial de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León donde preste servicios en la fecha de esta resolución el funcionario adjudicatario podrá, no obstante, y salvo que el puesto haya sido adjudicado a otro concursante o al mismo deba acceder otro funcionario, diferir el cese por necesidades del servicio, por un período de hasta un mes, debiendo comunicarse esta circunstancia a la unidad a la que haya sido destinado el funcionario, así como a la Dirección General de la Función Pública.
Quinto.– Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo podrá interponerse recurso de reposición ante esta Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no pudiéndose en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.