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Resolución recurso Cuerpo Auxiliar

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2016 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Cuerpo Auxiliar

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Funcionarios

    Fecha de publicación: 16 de marzo de 2021

Contenido publicado el 31 de marzo de 2017:

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 29 de marzo de 2017, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, por la que se acumulan y estiman los recursos de alzada interpuestos contra la Resolución de 12 de enero de 2017, del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se levanta la suspensión del proceso.

La Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto de la Consejería de la Presidencia ha dictado, con fecha 29 de marzo de 2017, Resolución por la que se acumulan y resuelven 24 recursos de alzada interpuestos por D.ª Noelia Valle Benito y 23 aspirantes más, contra la Resolución de 12 de enero de 2017, del tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso libre en el Cuerpo Auxiliar de la Comunidad de Castilla y León, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«PRIMERO.– Acumular y estimar los recursos de alzada interpuestos por D.ª NOELIA VALLE BENITO y los 23 recurrentes relacionados en el antecedente de hecho noveno de esta resolución, formulados contra la Resolución de 12 de enero de 2017 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que, en consecuencia, se anula por no ser ajustada a derecho.

SEGUNDO.– Levantar la suspensión de las actuaciones, ordenando la continuación del procedimiento selectivo, con retroacción al momento de corrección del primer ejercicio.

TERCERO.– Ordenar al tribunal calificador que proceda a la corrección del primer ejercicio sin tener por puesto el criterio recogido en el acta número 11, calificando los ejercicios atendiendo al único criterio notificado a los aspirantes en las instrucciones, y verificado, dicte nueva resolución por la que se haga pública la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio, convocando a los que en ella resulten, para la realización del segundo ejercicio en nueva fecha y hora.

La presente resolución será objeto de notificación a todos recurrentes y alegantes, así como su parte resolutiva será objeto de publicación para general conocimiento.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en aplicación de los artículos 8.2. a) y 10.1.a) de la Ley 29/1998 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.

No obstante lo anterior, frente a los acuerdos de acumulación y de levantamiento de la suspensión, no cabe recurso alguno.»

Lo que se publica para general conocimiento y cumplimiento.