Nombramiento personal estatutario Celador
Contenido publicado el 27 de marzo de 2019:
RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2019, de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Celador del Servicio de Salud de Castilla y León.
Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de la categoría de Celador del Servicio de Salud de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan a continuación, y adjudicar el destino que se indica.
Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución el aspirante nombrado deberá efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.
Decaerá en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo si, transcurrido dicho plazo, no ha tomado posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.
Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.
Si el interesado viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.
Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, el interesado habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Quinto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto administrativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.