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Aptos fase de prácticas Cuerpo de Maestros

Contenido publicado el 21 de julio de 2020:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN EDU/645/2020, de 9 de julio (BOCyL 21-07-2020) y Modificaciones: Orden EDU/811/2020 (BOCyL 09-09-2020), Orden EDU/681/2022 (BOCyL 22-06-2022) y Orden EDU/1733/2022 (BOCyL 15-12-2022) (2.014 kbytes) , por la que se declaran aptos en la fase de prácticas y se aprueba el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por la Orden EDU/71/2019, de 30 de enero.

Primero.– Aspirantes aptos.
Declarar aptos en la fase de prácticas del procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros convocado Orden EDU/71/2019, de 30 de enero, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, a quienes por haber sido evaluados positivamente por las correspondientes Comisiones Calificadoras, se relacionan en el Anexo.

Segundo.– Régimen jurídico administrativo.
El régimen jurídico administrativo del personal declarado apto en la fase de prácticas por la presente orden será, hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera, el de funcionarios en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.

Tercero.– Prórroga.
De acuerdo con el apartado segundo.3 de la Resolución de 20 de agosto de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados y nombrados funcionarios en prácticas derivados del procedimiento selectivo de ingreso convocado Orden EDU/71/2019, de 30 de  enero, se prorroga la realización de la fase de prácticas de doña Susana Cascajo Barrera, D.N.I. ***3849** al no haber podido completar el mínimo de servicios efectivos establecido para esta fase.

Dicha fase de prácticas comenzará el 1 de septiembre de 2020.

Cuarto.– Aprobación del expediente.
1. Aprobar parcialmente el expediente del procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de maestros convocado por la mencionada Orden EDU/71/2019, de conformidad con el apartado vigesimocuarto.1 de dicha convocatoria.

2. El nombramiento como funcionarios de carrera tendrá efectos de 1 de septiembre de 2020.

3. La presente orden se remitirá al Ministerio de Educación y Formación Profesional, a efectos del nombramiento como funcionarios de carrera y de la expedición de los correspondientes títulos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información adicional:

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