Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Empleados Públicos de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y plazo de presentación méritos Cuerpo Auxiliar

  • Ir a descargas

    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2016 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Cuerpo Auxiliar

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Funcionarios

    Fecha de publicación: 16 de marzo de 2021

Contenido publicado el 2 de febrero de 2021:

ORDEN PRE/67/2021, de 21 de enero, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 21 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, para ingreso por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se ofertan los puestos de trabajo, en ejecución de sentencia.

Primero.– Aprobar y publicar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo según figura en el Anexo I.

En dicho Anexo aparecen relacionados en su apartado 1 los aspirantes que han superado el proceso selectivo, conforme al orden de puntuación contenido en la propuesta, de fecha 16 de noviembre de 2020, elevada por el Tribunal Calificador en ejecución de sentencia.

En su apartado 2, incluidos al final de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo contenida en la citada propuesta del Tribunal Calificador, en ejecución de sentencia, y relacionados por el número de orden de gradación que entre ellos les corresponde, en razón de la puntuación final obtenida, los opositores que, habiendo figurado en las Resoluciones de 5 de febrero de 2018 y de 12 de septiembre de 2018, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, anuladas por sentencia judicial no han alcanzado ahora tras su ejecución puntuación suficiente para su superación.

Segundo.– En el plazo de 20 días naturales establecido en la convocatoria del proceso selectivo, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta a) de la convocatoria.
     
  • b) Fotocopia compulsada del título de Graduado en Educación Secundaria, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
     
  • c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios (Anexo II). En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
     
  • d) Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme al modelo del Anexo II.
     
  • e) Copia compulsada de la certificación de compatibilidad funcional para desempeñar las funciones y tareas propias del cuerpo objeto de la convocatoria, en el caso de aspirantes que tengan reconocida la condición de personas con discapacidad, emitida por los órganos administrativos competentes en materia de asuntos sociales y expedida a partir de la publicación de esta orden.


La documentación a que se refieren los apartados anteriores deberá presentarse en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo V de la convocatoria, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).

Tercero.– Quedan exonerados de presentar la documentación y declaraciones responsables relacionadas en las letras a), b), d) y e) del apartado anterior los aspirantes que hubieren sido nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León por las Ordenes PRE/622/2018, de 7 de junio, y PRE/1247/2018, de 19 de noviembre, y hubieren tomado posesión de los puestos de trabajo adjudicados en ellas, y siempre que no se hayan modificado los requisitos y circunstancias acreditadas por aquellos en su día.

Cuarto.– Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, con la salvedad prevista en el apartado tercero respecto de los aspirantes exonerados, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Quinto.– Junto a la documentación exigida en el apartado segundo, los aspirantes relacionados en el Anexo I desde el número de orden 45 hasta el número 110, ambos inclusive, así como la aspirante que figura relacionada con el número 34, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo IV, consignando los puestos de trabajo vacantes que se ofertan y se relacionan en el Anexo III, por orden de preferencia.

Los aspirantes relacionados en el Anexo I con los números 1 al 44, con la excepción de la aspirante que figura relacionada con el número 34, en tanto en cuanto en dicho intervalo de la relación y tras las actuaciones de ejecución de sentencia no se ha producido ninguna alteración en el número de orden respecto del ostentado en las iniciales resoluciones anuladas, conservarán los destinos que inicialmente les fueron adjudicados, quedando así excluidos del nuevo proceso de adjudicación de puestos vacantes, conforme al criterio reiteradamente asentado en vía judicial de mantenimiento en la medida de lo posible en la ejecución de las situaciones consolidadas.

Sexto.– Los puestos de trabajo vacantes ofertados se adjudicarán, con la salvedad señalada en el segundo párrafo del apartado quinto, siguiendo el orden de puntuación total obtenida en los términos especificados en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. Los puestos de trabajo vacantes ofertados se adjudicarán con carácter definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.

Séptimo.– Transcurrido el plazo de presentación de documentos y de petición de puestos, la Consejería de la Presidencia nombrará funcionarios de carrera del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que han superado el proceso selectivo relacionados en el Anexo I y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria con el destino que se les haya adjudicado, con los efectos que se determinen en la correspondiente orden de nombramiento, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Octavo.– Prolongar la medida cautelar adoptada en el apartado 3.º de la parte resolutiva de la Orden de 29 de junio de 2020 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia n.º 1531, de 23 de diciembre de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León hasta la fecha en que se publique la nueva orden de nombramiento de funcionarios de carrera.

Noveno.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter potestativo, aquellos podrán interponer recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha límite:

Plazo presentación documentación: hasta el 22 de febrero de 2021