Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nota informativa
Fecha de publicación: 19 de marzo de 2025
Contenido publicado el 10 de enero de 2025:
ORDEN DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE REDUCEN A LA MITAD DETERMINADOS PLAZOS DEL PROCESO SELECTIVO UNIFICADO PARA EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE 33 AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Mediante ORDEN MAV 564/2024, de 5 de junio, se convocó proceso selectivo unificado para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de 33 Ayuntamientos de la Comunidad de Castilla y León.
Dicha Orden recoge, por primera vez en un proceso selectivo unificado, y como consecuencia de la modificación de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales en Castilla y León, a través de la Ley 4/2024, de 9 de mayo, de medidas tributarias, financieras y administrativas, un sistema de oferta a resultas, de aquellos puestos de trabajo que resulten vacantes por haber obtenido los efectivos policiales que los ocupaban nueva plaza tras la resolución del proceso selectivo unificado al que corresponde la convocatoria.
Esta nueva fase de resultas exige de manera previa a su inicio, que se hayan producido los nombramientos como personal funcionario de los aspirantes participantes en turno de movilidad y en su caso, en turno libre que ya cuenten con la condición de agentes de policía local (base decimosegunda, apartado 12.1).
Asimismo, de conformidad con lo previsto en la base decimotercera de la Orden MAV 564/2024, de 5 de junio, las personas aprobadas en turno libre deberán iniciar el curso selectivo de formación básica organizado por la Agencia de Protección Civil y Emergencias, e impartido en las instalaciones de la Escuela Nacional de Policía, cuyo inicio está previsto la primera semana del mes de febrero de 2025.
Sobre la base de lo anterior y teniendo en cuenta el elevado número de plazas ofertadas, el número de ayuntamientos interesados, así como el momento actual de tramitación del proceso selectivo, en el que respecto del turno de movilidad, se encuentra pendiente de publicación la propuesta de adjudicación de vacantes, mientras que en turno libre aún no ha finalizado la fase de concurso, resulta necesario adoptar las medidas necesarias para la óptima gestión del proceso selectivo en plazo adecuado para dar comienzo al curso de formación básica en el tiempo previsto para ello.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece en su artículo 33, “Tramitación de urgencia”, que “Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos”.
Considerando, por tanto, la concurrencia de dicho interés público, exigido para la tramitación de urgencia en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
SE RESUELVE
PRIMERO.- Declarar aplicable la tramitación de urgencia al procedimiento selectivo unificado para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de 33 Ayuntamientos de la Comunidad de Castilla y León, y consecuentemente:
- Reducir a cinco días hábiles el plazo previsto en la base novena, apartado 9.2. de la Orden MAV 564/2024, de 5 de junio, destinado a subsanar los defectos que pudieran adolecer los documentos presentados con posterioridad a la presentación de la solicitud inicial y respecto de los méritos relacionados en aquélla; todo ello respecto de los aspirantes participantes en turno libre.
- Reducir a ocho días naturales el plazo de presentación de documentación a que hace referencia la base decimoprimera (apartado 11.3 y 11. 4) a la publicación de la lista definitiva de propuesta de adjudicación de vacantes, tanto para aquellos aspirantes participantes en turno libre como en turno de movilidad; así como para aquellos aspirantes que, en su caso, resultaran aprobados en fase de resultas, de conformidad con la base decimosegunda (apartado 12.3).
SEGUNDO. - Publicar la presente orden en la web de la Junta de Castilla y Leon www.jcyl.es y en la sede del Tribunal calificador.
Contra el presente orden no cabe recurso alguno, a tenor de lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Información adicional:
Reducción a la mitad de determinados plazos del proceso selectivo unificado de Policía Local (Año 2024)