Jornada de trabajo no presencial mediante teletrabajo.
Fecha de publicación:
23 de marzo de 2011
Fuente:
Consejería de Administración Autonómica
Descripción:
Se ha publicado el Decreto 9/2011, de 17 de marzo, por el que se regula la jornada de trabajo no presencial mediante teletrabajo en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Contenido:
El decreto regula, para los empleados públicos de la Administración General de la Comunidad y de los Organismos Autónomos dependientes de ésta, el cumplimiento de la jornada de trabajo en la modalidad no presencial mediante la fórmula del teletrabajo, entendida como aquella modalidad de prestación de servicios en la que el contenido competencial del puesto de trabajo se desarrolla fuera de las dependencias de la Administración a través de la utilización de las nuevas tecnologías de la información y comunicación. El Decreto recoge que, con carácter general, la jornada se prestará al menos tres días a la semana.
El teletrabajo tiene como finalidad conseguir una mejor y más moderna organización del trabajo a través del fomento del uso de nuevas tecnologías y la gestión por objetivos, así como contribuir a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral consiguiendo con ello un mayor grado de satisfacción laboral.
En esta modalidad, que tiene carácter voluntario, quedan garantizadas las condiciones exigidas en materia de prevención de riesgos laborales, de seguridad social, de privacidad, de protección y confidencialidad de los datos, teniendo los mismos derechos y deberes que el resto del personal y percibiendo sus retribuciones habituales.
Destacar que esta novedosa iniciativa de teletrabajo, pionera en el ámbito de las organizaciones y de las Administraciones, siendo Castilla y León la primera en regularlo, se enmarca dentro del Plan de Modernización de la Administración y del Acuerdo Marco sobre principios de las políticas de función pública para la modernización y mejora de la administración.