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Resolución provisional del concurso de méritos de personal funcionario de los subgrupos A1, A2, C1 y C2 (2024)

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Contenido publicado el 16 de abril de 2025:

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se resuelve provisionalmente el concurso convocado por Resolución de 22 de noviembre de 2024, con carácter previo a la resolución del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para la provisión definitiva de puestos de trabajo de personal funcionario de los subgrupos A1, A2, C1 y C2 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos.

Por Resolución de 22 de noviembre de 2024, de esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, se convocó, con carácter previo a la resolución del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, concurso de méritos para la provisión definitiva de puestos de trabajo de personal funcionario de los subgrupos A1, A2, C1 y C2 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, con dos correcciones de errores.

Mediante Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, se nombró la comisión de valoración del citado concurso (B.O.C. y L. número 35, de 20 de febrero).

Finalizada la valoración de los expedientes correspondientes a las solicitudes de participación previamente admitidas, por la Comisión de Valoración se eleva la preceptiva propuesta de adjudicación provisional aprobada por acuerdo de este órgano colegiado con fecha 15 de abril de 2025.

Vistas la propuesta de adjudicación provisional de puestos de trabajo vacantes y a resultas aprobada por la Comisión de Valoración, por un lado, y las propuestas de aceptación o no aceptación de los desistimientos a la participación en el concurso presentados por los interesados, así como de las solicitudes excluidas provisionalmente elevadas por la Dirección General de la Función Pública, por otro, esta Viceconsejería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 i) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública y en aplicación de lo establecido en el apartado 1 de la base décima de la indicada resolución de convocatoria,

RESUELVE

Primero. Hacer pública la resolución provisional del concurso convocado por la Resolución de 22 de noviembre de 2024, adjudicándose con este carácter a los concursantes que se reseñan los puestos de trabajo vacantes relacionados en el Anexo I.A, con indicación de la puntuación total y de las puntuaciones parciales otorgadas en cada uno de los méritos incluidos en la base tercera del concurso.

Asimismo, se hace pública en el Anexo I.B la relación de los puestos de trabajo adjudicados a resultas del propio concurso, con igual carácter provisional, a los concursantes que se señalan, con indicación de las puntuaciones que les han sido asignadas.

La presente resolución, así como las relaciones de puestos de trabajo vacantes y a resultas adjudicados provisionalmente, se publicarán en el Boletín Oficial de Castilla y León, en la sede electrónica y en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es. Asimismo, la información estará disponible en el Servicio Telefónico 012 o 983 327 850 (teléfono gratuito si se dispone de tarifa plana).

Segundo. Aceptar los desistimientos a la participación en el concurso formulados por el personal funcionario de carrera relacionado en el Anexo II.A conforme a lo regulado en la base séptima, punto 7 de la resolución de convocatoria, declarándose concluso el procedimiento respecto de estos concursantes.

No se aceptan los desistimientos formulados por el personal funcionario de carrera que se relaciona en el Anexo II.B por no cumplir con los requisitos determinados en la citada base en los términos que se señalan en cada caso.

Tercero. Excluir, con carácter provisional, las solicitudes de participación presentadas por el personal que figura relacionado en el Anexo III por no cumplir los requisitos y condiciones establecidos en este procedimiento de provisión, con indicación de la causa o causas que ha motivado su exclusión.

Cuarto. Eliminar del Anexo de puestos vacantes e incluirlo en el Anexo de puestos a resultas el puesto 755277, por resultar adjudicado en ejecución de una sentencia judicial.

Quinto. Abrir un plazo de siete días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León, para que los interesados puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes.

Sexto. Las alegaciones que versen sobre la valoración de méritos y la adjudicación provisional de puestos de trabajo irán dirigidas a la Comisión de Valoración del concurso y las que se refieran a exclusiones provisionales, desistimientos u otros puntos de esta resolución se dirigirán a la Dirección General de la Función Pública.

Los escritos de alegaciones deberán presentarlos como documentación aneja a la solicitud de participación registrada en la Sede Electrónica de la Junta de Castilla y León por cada interesado. En el caso de que no fuera posible hacerlo de la forma indicada, los escritos de alegaciones podrán presentarse en formato papel en los registros u oficinas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigidos, según corresponda, a la Comisión de Valoración o a la Dirección General de la Función Pública, y en ambos casos a la siguiente dirección postal: C/ Santiago Alba, n.º 1, código postal 47008 de Valladolid.

Séptimo. Las alegaciones formuladas contra la presente resolución serán estimadas o rechazadas en la correspondiente resolución por la que se resuelva definitivamente el concurso, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, previa propuesta de la Comisión de Valoración y, en su caso, de la Dirección General de la Función Pública, sobre otros puntos de esta resolución.

Octavo. La competencia para resolver provisionalmente el concurso de méritos corresponde a la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, órgano que convocó el mismo. Encontrándose vacante la titularidad de la citada Viceconsejería, sus competencias vienen siendo ejercidas por el Viceconsejero de Relaciones Institucionales y Administración Local en virtud de la Orden PRE/1232/2023, de 26 de octubre. No obstante, mediante Orden de 7 de abril de 2025, del Consejero de la Presidencia, se ha dispuesto que, ante la ausencia del Viceconsejero de Relaciones Institucionales y Administración Local, sus competencias sean ejercidas por el Secretario General de la Consejería de la Presidencia.

Valladolid, 15 de abril de 2025.

Fecha límite:

ALEGACIONES: del 17 al 30 de abril de 2025