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Decreto por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas

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Descripción:

El artículo 38.3 de la Ley 7/1985, de 27 de diciembre , de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece que durante el período de prácticas los aspirantes al ingreso en la Función Pública percibirán las retribuciones que se señalen.

Asimismo, parece aconsejable que quienes ya estuvieran prestanto servicios remunerados en esta Administración, como funcionarios, personal interino, contratados administrativos o como personal laboral, puedan optar entre percibir las retribuciones correspondientes a los funcionarios en prácticas o las que venían percibiendo en su puesto de origen.

Estado de la norma:

Vigente

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

BOCyL nº 52, de 15/03/1989