Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Personal Funcionario Estatutario
Fecha de publicación: 3 de febrero de 2025
Contenido publicado el 11 de diciembre de 2024:
ORDEN SAN/1446/2024, de 26 de noviembre, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia n.º 867/2023 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid, en el procedimiento ordinario 116/2022.
Con fecha 19 de julio de 2023, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid dictó la sentencia n.º 867/2023, en el Procedimiento Ordinario n.º 116/2022, seguido a instancia de D.ª Marina Sánchez Sánchez, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
FALLO: «Por lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decido:
Primero: Estimar el presente recurso contencioso-administrativo n.º 116/2022 interpuesto por la representación procesal de doña Marina Sánchez Sánchez contra la resolución indicada en el encabezamiento de esta sentencia, que se anula exclusivamente en lo que hace a la puntuación de la parte actora.
Segundo: Reconocer el derecho de la parte actora a que los servicios en el Centro Penitenciario de Topas (Salamanca) se valoren de conformidad con lo razonado en esta sentencia.
Tercero: No procede imponer las costas de este recurso a ninguna de las partes.»
El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª, Recurso de Casación 258/2024, declaró terminado el presente recurso de casación por desistimiento de la parte recurrente, mediante Decreto de fecha 31 de julio de 2024.
En el Procedimiento Ordinario 116/2022 consta certificado de servicios prestados en Instituciones Penitenciarias –Centro Penitenciario de Topas (Salamanca)–, emitido con fecha 10 de diciembre de 2019 por la Jefa de Sección de Administración Penitenciaria, constando en el Cuerpo de Facultativos de Sanidad Penitenciaria 22 años, 3 meses y 27 días.
Al reconocerse a la recurrente los servicios prestados como médico en el Centro Penitenciario de Topas (Salamanca) como servicios prestados en el ámbito de atención primaria de Instituciones Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, se le debe otorgar una puntación de 0,20 puntos por cada mes completo, resultado un total de 53,40 puntos en el apartado 1, Experiencia Profesional, según Anexo II de la Orden SAN/618/2019, de 18 de junio, por la que se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León (B.O.C. y L. de 28 de junio).
Mediante Resolución de 21 de julio de 2021 del Tribunal calificador de este proceso selectivo, se rectifica la puntuación de la relación de aspirantes que han superado el ejercicio de la fase de oposición, dejando sin efecto su Resolución de 7 de febrero de 2020. En esta relación figura Dª Marina Sánchez Sánchez con una puntuación de 97,50.
Mediante Resolución de 21 de julio de 2021, el Tribunal calificador aprueba y publica la valoración definitiva de méritos de la fase de concurso, figurando Dª Marina Sánchez Sánchez con una puntuación total de 30,00 (26,70 putos en el apartado de experiencia profesional y 3,30 puntos de formación).
No obstante, al tener que reconocer a la demandante los servicios prestados como médico en el Centro Penitenicario de Topas (Salamanca) como servicios prestados en el ámbito de atención primaria de Instituciones Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, la puntuación obtenida por Dª Marina Sánchez Sánchez en este proceso selectivo es de un total de 154,20 (97,50 puntos fase de oposición; 53,40 puntos bloque I y 3,30 puntos boque II de la fase de concurso).
Por Orden SAN/18/2022, de 14 de enero, se aprobó la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas y se ofertan las vacantes correspondientes (B.O.C. y L. de 19 de enero). En esta relación el último aspirante del turno libre que había superado el proceso selectivo tenía 153,45 puntos.
En virtud de lo establecido en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 6, apartado 2. i) y j) de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
RESUELVO
Que se cumpla la sentencia en sus propios términos y, para ello, una vez valorados los servicios prestados como médico por Dª Marina Sánchez Sánchez en Instituciones Penitenciarias –Centro Penitenciario de Topas–, como prestados en el ámbito de atención primaria de Instituciones Públicas dependientes del Sistema Nacional de Salud, obtiene un total de 56,70 puntos en la fase de concurso (53,40 puntos en el apartado de experiencia profesional y 3,30 puntos en el apartado de formación) que, sumados a los 97,50 puntos de la fase de oposición, dan una puntuación total de 154,20 en el proceso selectivo convocado por Orden SAN/618/2019, de 18 de julio.
A la vista de lo anterior, se acuerda lo siguiente:
1.º– Declarar que Dª Marina Sánchez Sánchez ha superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León, convocado por Orden SAN/618/2019 de 18 de junio, con una puntuación total de 154,20 (97,50 puntos fase de oposición, 53,40 puntos bloque I y 3,30 puntos boque II de la fase de concurso).
2.º– Teniendo en cuenta lo anterior, la demandante debió ser incluida en la relación de aspirantes que habían superado este proceso selectivo, aprobada por la Orden SAN/18/2022 de 14 de enero, con el número de orden 695 (B.O.C. y L. de 19 de enero de 2022).
3.º– De acuerdo con lo indicado, las plazas a las que hubiera podido optar Dª Marina Sánchez Sánchez, según las que fueron ofertadas en el Anexo III de la Orden SAN/18/2022, de 14 de enero, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y se ofertan las vacantes correspondientes (B.O.C. Y L. 19 de enero de 2022), son las siguientes:
ÁREA / CIAS / GERENCIA / ZONA BÁSICA DE SALUD
LEÓN / PLAZAS ÁREA / G.A.P.LEÓN
EL BIERZO / 1704050109G / G.A.P.EL BIERZO / Z.B.S. PONFERRADA II
EL BIERZO / 1704050113P / G.A.P. EL BIERZO / Z.B.S. PONFERRADA II
BURGOS / PLAZAS ÁREA / G.A.P .BURGOS
SORIA / PLAZAS ÁREA / G.A.P. SORIA
SEGOVIA / PLAZAS ÁREA / G.A.P. SEGOVIA
ZAMORA / PLAZAS ÁREA / G.A.P. ZAMORA
EL BIERZO / 1704050120S / G.A.P. EL BIERZO / Z.B.S. PONFERRADA II
AVILA / PLAZAS ÁREA / G.A.P. ÁVILA
EL BIERZO / 1704070103B / G.A.P. EL BIERZO / Z.B.S. PUENTE DOMINGO FLÓREZ
PALENCIA / PLAZAS ÁREA / G.A.P. PALENCIA
4ª.– En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la presente Orden, deberá presentar escrito, remitido al Servicio de Selección (A07021117) de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León (Paseo de Zorrilla n.º 1 – 47007 – Valladolid), junto con los siguientes documentos:
- a) Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida para la admisión al proceso selectivo según lo dispuesto en la base 2.1. Si alegase una titulación homologada o equivalente a las exigidas, habrá de citar la disposición legal en que se reconozca la homologación o equivalencia o, en su caso, aportar certificación expedida en tal sentido por el órgano correspondiente del Ministerio competente en materia de educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.
- b) Declaración de no haber sido separada del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, según consta en el Anexo II de la Orden SAN/18/2022, de 14 de enero.
- c) Declaración de no ostentar, en la fecha establecida, la condición de personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad que la convocada, según consta en el Anexo II de la Orden SAN/18/2022, de 14 de enero.
- d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Dicho certificado deberá ser expedido dentro del plazo establecido para su presentación. Si tuviera la condición de persona con discapacidad, a los efectos de acreditar su capacidad para el desempeño de las tareas que corresponden a las plazas objeto de la convocatoria, deberá aportar, asimismo, certificación específica actualizada emitida por parte de los órganos competentes en materia de servicios sociales (centro base que hubiera expedido el certificado acreditativo de la discapacidad).
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos señalados anteriormente podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier prueba admisible en derecho.
- 5ª.– Si dentro del plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, Dª Marina Sánchez Sánchez no presentase la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que no reúne alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la orden de convocatoria del proceso selectivo (Orden SAN/618/2019, de 18 de junio), no podrá ser nombrada personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, quedando anuladas todas sus actuaciones, y sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
- 6ª.– Junto con la documentación exigida en el apartado cuarto, en función de las plazas relacionadas en el apartado tercero, deberá cumplimentar y presentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo, indicando el destino al que desea ser adscrita.
- 7ª.– Una vez que se haya comprobado que la aspirante ha presentado la documentación requerida en el plazo concedido, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos, se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León su nombramiento como personal estatutario fijo, en la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León, con el destino adjudicado.
- 8ª.– Los efectos de este nombramiento se retrotraerán, de tal forma que la efectividad del nombramiento en la plaza asignada por medio de la correspondiente orden será la misma que le hubiera correspondido conforme a la Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 7 de marzo).