Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Procesos de estabilización > Procesos de estabilización: concurso - oposición > Cuerpos y Escalas de Funcionarios > Concurso-oposición Cuerpos de Administración General y Letrados (estabilización empleo temporal Ley 20/2021) > Cuerpo Auxiliar
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Valoración definitiva de méritos y relación aspirantes que han superado el proceso selectivo
Fecha de publicación: 16 de diciembre de 2024
Contenido publicado el 12 de noviembre de 2024:
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE EXCLUYEN A LOS ASPIRANTES QUE SE RELACIONAN DE DETERMINADO PROCESO SELECTIVO CONVOCADO PARA EL INGRESO MEDIANTE CONCURSO OPOSICIÓN EN LOS CUERPOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL PREVISTO EN LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE
Vistas las actuaciones practicadas en el procedimiento de referencia se formula esta resolución, en base a los antecedentes y fundamentos siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se convocaron procesos selectivos para el ingreso, mediante concurso-oposición, en los Cuerpos de Administración General y en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León de 29 de diciembre del 2022.
Segundo. - Consta en la Dirección General de la Función Pública que los aspirantes que se relacionan en los Anexos de la presente Resolución pertenecen al mismo Cuerpo de funcionarios al que se presenta.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Corresponde a la Dirección General de la Función Pública la competencia para excluir a aquellos aspirantes que no cumplieran los requisitos establecidos de participación en los procesos selectivos convocados por la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano antes citada, al ser el órgano gestor del proceso selectivo conforme a lo previsto en su base siete, punto dos de la convocatoria.
SEGUNDO. - Dispone la base quinta de la convocatoria que quienes aspiren a ingresar en alguno de los cuerpos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León objeto de esta convocatoria deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, entre otros, el siguiente requisito de participación:
“e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario a la que se presenta.”
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la base quinta in fine, el órgano gestor del presente procedimiento selectivo ha de resolver la exclusión del procedimiento de los aspirantes que no cumplen con uno de los requisitos de la convocatoria, al haberse acreditado la pertenencia al mismo Cuerpo al que se presenta.
Por ello, esta Dirección General y, a propuesta del Servicio de Gestión de la Selección,
RESUELVE
Excluir del proceso selectivo correspondiente a los aspirantes indicados en el Anexo de la presente Resolución por no poseer el requisito de habilitación exigido en la base quinta, letra e), de la convocatoria.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 8.2.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.