Notificación
Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2006 > Consolidación Escalas Sanitarias > ATS/DUE, Atención Hospitalaria
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Nombramiento de Funcionarios
Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2018
Contenido publicado el 17 de noviembre de 2010:
NOTIFICACIÓN de la Dirección General de la Función Pública del Fallo de la Sentencia n.º 2977, de 20 de noviembre de 2009, recaída en el Procedimiento Ordinario 1857/2006, seguido a instancia del Sindicato de Ayudantes Sanitarios contra la Orden PAT/1370/2006, de 29 de agosto, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo Escala Sanitaria (A.T.S./ D.U.E, Atención Hospitalaria), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de consolidación del empleo temporal y estabilidad en el empleo del Personal Sanitario.
Intentada sin efecto la notificación personal exigida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto del fallo de la sentencia arriba citada, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 de dicho precepto legal y cumplidas las restantes actuaciones exigidas en estos particulares, por el presente anuncio se notifica a los interesados en el procedimiento selectivo referido en el epígrafe que más adelante se relacionan el citado fallo judicial cuya literalidad es la siguiente:
«Que ESTIMANDO íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Procuradora Sra. Fernández Marcos, en nombre y representación del SINDICATO DE AYUDANTES SANITARIOS, contra la Orden PAT/1370/2006, de 29 de septiembre, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, de la Junta de Castilla y León, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Universitarios de primer Ciclo, Escala Sanitaria (A.T.S./D.U.E., Atención Hospitalaria), de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; debemos anular y anulamos la misma por su disconformidad con el ordenamiento jurídico; y ello sin hacer especial imposición de costas a ninguna de las partes.»
Se significa que, a partir de esta notificación, las restantes que en relación con las actuaciones dirigidas al cumplimiento de la sentencia procedan se efectuarán conforme al régimen de notificaciones y publicaciones del procedimiento selectivo en cuestión, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 b) del precitado artículo 59 de la Ley 30/1992.