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Nombramiento de funcionarios: Inspectores Médicos

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2016 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Inspectores Médicos

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Funcionarios

    Fecha de publicación: 19 de octubre de 2017

Contenido publicado el 19 de octubre de 2017:

ORDEN PRE/886/2017, de 3 de octubre, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores Médicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, para ingreso en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario, convocado por Resolución de 29 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto.

Primero.– Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores Médicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que se relacionan en el Anexo a la presente orden, adjudicándoseles el destino que se indica. Dicha adjudicación tiene carácter definitivo.

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, los aspirantes nombrados funcionarios deberán efectuar la toma de posesión, cumpliendo los requisitos señalados en la misma, ante el Secretario General o Delegado Territorial correspondiente.

Tercero.– En el acto de toma de posesión, los aspirantes que han sido nombrados por esta orden, deberán presentar la declaración a la que alude el artículo 31.3. del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se prueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Si los interesados viniesen realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997 y demás normas concordantes.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrán de prestar juramento o promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes en el ejercicio de las funciones atribuidas, conforme a lo establecido en el artículo 36.1 b) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

Quinto.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.