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Relación de aprobados y oferta de vacantes Técnico de Gestión Informática

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > 2017 > Personal Laboral. Ingreso Libre > Técnico de Gestión Informática

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Adjudicación de destinos

    Fecha de publicación: 22 de octubre de 2019

Contenido publicado el 3 de septiembre de 2019:

ORDEN PRE/773/2019, de 21 de agosto, de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 29 de noviembre de 2018, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, para ingreso por el sistema de acceso libre en la competencia funcional de Técnico de Gestión Informática de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se ofertan puestos de trabajo.

Primero.– Aprobar y publicar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.

Segundo.– En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta a) de la convocatoria.

  • b) Fotocopia compulsada del título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o equivalente, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  • c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma competencia funcional a la que se presenta. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida el acceso a la función pública en su Estado.

  • d) Declaración responsable de no tener la condición de personal laboral fijo de la competencia funcional de Técnico de Gestión Informática de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme al modelo del Anexo II.
     
  • e) En el caso de aspirantes discapacitados, certificación acreditativa de la compatibilidad funcional para desempeñar las funciones y tareas propias de la competencia funcional objeto de la convocatoria emitida por los órganos administrativos competentes en materia de asuntos sociales y expedida a partir de la publicación de esta orden.


La documentación a que se refieren los apartados anteriores deberá presentarse en cualquiera de las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo VIII de la convocatoria, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).

Tercero.– Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases quinta de resolución de convocatoria, no podrán ser contratados como personal laboral fijo, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.– Junto a la documentación exigida en el apartado segundo, los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo III de la presente orden, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo IV, consignando los puestos por orden de preferencia, debiendo los aspirantes relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final.

Quinto.– Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que los aspirantes reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo.

Sexto.– Transcurrido el plazo de presentación de documentos, se efectuará la adjudicación de los puestos, siguiendo el orden de puntuación alcanzada, publicándose en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Séptimo.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha límite:

Plazo presentación documentación: hasta el 2 de octubre de 2019