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Adaptaciones solicitadas para el acceso de personas con discapacidad de Periodistas

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > 2018 > Personal Laboral. Ingreso Libre > Periodistas

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Adjudicación de destinos

    Fecha de publicación: 31 de agosto de 2023

Contenido publicado el 25 de agosto de 2022:

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE, EN LA COMPETENCIA FUNCIONAL DE PERIODISTAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN CONVOCADO POR ORDEN PRE/1580/2021 DE 15 DE DICIEMBRE.

Primero. - La Base Primera de la Orden PRE/1580/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de la Presidencia, por la que se convocan lasa pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Periodistas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, incluye expresamente entre la normativa aplicable el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación de la Administración de Castilla y León.

El apartado 2.1 de la base Segunda de la misma Orden reserva una plaza de las cuatro convocadas para ser cubiertas por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33%.

Segundo. - El apartado 6.1 de la Base Sexta dice:
"6. 1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas. El Tribunal resolverá lo que en cada caso proceda de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, notificando a los interesados su decisión con antelación a la realización de las pruebas. "

Al amparo de esta previsión, uno de los aspirantes que concurre al turno reservado a personas con discapacidad ha solicitado la adaptación de medios para la realización de los dos ejercicios del proceso selectivo.

Tercero. - El artículo 13 del Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, establece que: "1. En todas las pruebas selectivas se establecerán las adaptaciones y los ajustes razonables y necesarios de tiempo y medios para las personas con discapacidad que lo soliciten, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad' Y añade el apartado 4° que: ''4. Las adaptaciones de medios y los ajustes razonables consisten en la puesta a disposición del aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnológicas asistidas que precise para la realización de las pruebas, así como la garantía de la accesibilidad a la información y comunicación  de los procesos y al recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen."

Se aporta el informe de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid. Cuarto. - de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.1 de la Base Sexta de Orden PRE/1580/2021, de 15 de diciembre, de la Consejería de la Presidencia, por la que se convocan lasa pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Periodistas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el artículo 13 del Decreto 83/2008 de 23 de diciembre; vista la solicitud de adaptación de medios materiales y el informe, el Tribunal Calificador, reunido en sesión conjunta el día 17  de agosto de 2022, ha acordado:

Conceder a , ***475*** la siguiente adaptación: Sentarse en las primeras filas y repetir en varias ocasiones las preguntas/indicaciones (si se precisara).

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopúblico.jcyl.es y en las Oficinas y Puntos de información y Atención al Ciudadano relacionadas en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, c).