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Valoración definitiva de méritos Logopeda

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > 2018 > Personal Laboral. Ingreso Libre > Logopeda

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Adjudicación de destinos

    Fecha de publicación: 30 de marzo de 2023

Contenido publicado el 30 de noviembre de 2022:

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO, POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE, EN LA COMPETENCIA FUNCIONAL DE LOGOPEDA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN,  CONVOCADAS POR ORDEN PRE/1165/2021, DE 24 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA VALORACIÓN DEFINITIVA DE LA FASE DE CONCURSO.

Primero.- Desestimar las alegaciones efectuadas por Dª Cristina Collazos Olea. En primer lugar, en relación a los servicios prestados en la Universidad Pública, de la literalidad de la convocatoria se desprende que esos servicios no son objeto de valoración, ya que las citadas Universidades no están incluidas en el apartado tercero del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. En segundo lugar, en relación a los servicios prestados en un colegio concertado, según la Orden de convocatoria sólo se valoran los servicios prestados en el ámbito de las Administraciones Públicas. Si bien se presta un servicio público en virtud de un concierto educativo, tiene naturaleza privada, por lo que no son valorables dichos servicios.

Segundo.- Hacer pública la valoración definitiva de los méritos de la fase de concurso, según la relación que se adjunta como Anexo I a esta Resolución.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopublico.jcyl.es/ y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano relacionadas en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.