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Relación de aprobados del segundo ejercicio de Peón de montes

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > 2018 > Personal Laboral. Ingreso Libre > Peón de Montes (fijo discontinuo) (2018)

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Adjudicación de destinos

    Fecha de publicación: 26 de abril de 2024

Contenido publicado el 17 de marzo de 2023:

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO, POR EL SISTEMA DE ACCESO LIBRE, EN LA COMPETENCIA FUNCIONAL DE PEÓN DE MONTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, CONVOCADO POR ORDEN PRE/1389/2021, DE 16 DE NOVIEMBRE (BOCYL Nº 229, DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2021), POR LA QUE SE DECLARAN LOS ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO EL SEGUNDO EJERCICIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN, ASÍ COMO LAS CALIFICACIONES QUE LOS QUE NO LO HAN SUPERADO. 

De conformidad con lo establecido en el apartado 9.7 de la Base Novena de la Orden PRE/1389/2021, de 16 de noviembre, descrita en el encabezado, el Tribunal Calificador, en la sesión celebrada el día 14 de marzo de 2023, ha adoptado los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Determinar con anterioridad a la identificación de los aspirantes que realizaron el segundo ejercicio de la fase de oposición (ejercicio práctico), conforme a lo establecido en el Punto 1 del Anexo II de la convocatoria, que la calificación mínima necesaria para declarar aprobado el segundo ejercicio es 5,000 puntos.

Segundo.- Declarar, consecuentemente con el punto anterior, los aspirantes que han superado segundo ejercicio de la fase de oposición de las citadas pruebas selectivas, según la relación que se adjunta como Anexo I a esta resolución.

Asimismo, declarar en listado independiente que figura como Anexo II de esta resolución, la relación de calificaciones obtenidas por el resto de aspirantes que, habiendo concurrido a la realización del ejercicio, no lo han superado.

Tercero.- Abrir un plazo de 5 días hábiles para la presentación de solicitudes de revisión del ejercicio y/o reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopublico.jcyl.es y en las Oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad de Castilla y León relacionadas en la convocatoria.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en la página web de la Dirección General de la Función Pública https://empleopublico.jcyl.es y en las Oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad de Castilla y León relacionadas en la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.