Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Adjudicación de destinos
Fecha de publicación: 4 de octubre de 2024
Contenido publicado el 11 de diciembre de 2023:
Mediante Resolución de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se acumulan y estiman los recurso de alzada interpuestos por Dª Mª del Carmen González Pérez, D. Roberto López Miranda, Dª Alejandra García Hernando, D. Raúl Matarranz Casado, Dª Mª Dolores Rodríguez Martín y Dª Eva Mª Gancedo Fernández contra la Resolución del Tribunal Calificador del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Ayudantes de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano por la que se declaran los aspirantes que han superado la fase de oposición, cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal:
RESUELVO
Acumular y estimar los recursos de alzada interpuestos por Dª Mª del Carmen González Pérez, D. Roberto López Miranda, Dª Alejandra García Hernando, D. Raúl Matarranz Casado, Dª Mª Dolores Rodríguez Martín y Dª Eva Mª Gancedo Fernández contra la Resolución del Tribunal Calificador del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Ayudantes de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convocado por Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano por la que se declaran los aspirantes que han superado la fase de oposición y en consecuencia:
1º. Anular la Resolución del Tribunal Calificador del proceso selectivo para el ingreso por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Ayudantes de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León por la que se declaran los aspirantes que han superado la fase de oposición, en lo concerniente al apartado tercero relativo a la determinación de la calificación mínima final de la fase de oposición y al apartado cuarto en el que se declaran los aspirantes que han superado la fase de oposición de las citadas pruebas selectivas (Anexos I y II) y en el que también se declaran los aspirantes que no han superado la fase de oposición (Anexos III y IV).
2º. Ordenar la retroacción del procedimiento selectivo al momento anterior a la determinación del criterio por el cual se determina la calificación mínima de la fase de oposición y los aspirantes que la han superado, para que el Tribunal Calificador dicte una nueva Resolución, en la que se declaren los aspirantes que han superado la fase de oposición, conforme a lo dispuesto en el apartado 1.3 del Anexo I de las bases de la convocatoria relativo a la calificación del ejercicio de la fase de oposición.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá el interesado interponer demanda ante el Juzgado de lo Social de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10.2 y 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y según doctrina fijada por el Tribunal Supremo (Auto de la Sala Especial de Conflictos del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2023, entre otros), asumida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en diversas sentencias (por todas, sentencias números 626 y 628, ambas de 24 de mayo de 2023).