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  • Excluidos por incumplir alguno de los requisitos de participación de Ingenieros Técnicos (Forestales) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021)
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Excluidos por incumplir alguno de los requisitos de participación de Ingenieros Técnicos (Forestales) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Procesos de estabilización > Procesos de estabilización: concurso - oposición > Cuerpos y Escalas de Funcionarios > Concurso-oposición Arquitectos, Ingenieros Superiores (Montes), Arquitectos Técnicos y Aparejadores, Ingenieros Técnicos (Forestales), C.A.F. (Delineantes) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021) > Ingenieros Técnicos (Forestales)

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Valoración definitiva de méritos y relación aspirantes que han superado el proceso selectivo

    Fecha de publicación: 16 de diciembre de 2024

Contenido publicado el 28 de junio de 2024:

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO  AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO POR LA QUE SE  EXCLUYEN DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO MEDIANTE  CONCURSO-OPOSICION EN EL CUERPO DE INGENIEROS TÉCNICOS  (FORESTALES) CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE  2022 DE LA VICECONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y  ATENCIÓN AL CIUDADANO, AL AMPARO DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE  DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA  TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, A LOS ASPIRANTES QUE NO  CUMPLEN CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN LA BASE QUINTA DE LA  CONVOCATORIA.

Vistas las actuaciones en el procedimiento de referencia, se formulan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de  Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se convocaron procesos  selectivos para el ingreso, mediante concurso- oposición, entre otros, en el Cuerpo  de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de  Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal  previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la  reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el Boletín Oficial  de Castilla y León de 29 de diciembre de 2022.

Segundo. Consta en la Dirección General de la Función Pública que los aspirantes  que se relacionan en el Anexo de la presente Propuesta de Resolución ostentan la  condición de funcionarios de carrera del cuerpo de la convocatoria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero
. Corresponde a esta Secretaría General la competencia para excluir a  aquellos aspirantes que no cumplieran los requisitos establecidos de participación  en los procesos selectivos convocados por Resolución de 22 de diciembre de 2022  de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano antes  citada, al ser el órgano gestor del proceso selectivo conforme a lo previstos en la  citada convocatoria.

Segundo. Dispone la base quinta que “Quienes aspiren a ingresar en alguno de los  cuerpos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León objeto de esta  convocatoria deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de  solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes  requisitos de participación”, entre los que se encuentra: “e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del  servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismo  Constitucionales o Estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso  en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos  públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios,  ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se presenta.”

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la base quinta in fine, el órgano gestor del  presente procedimiento selectivo ha de resolver la exclusión del procedimiento de  los aspirantes que no cumplen con uno de los requisitos de la convocatoria, al  haberse acreditado la pertenencia al mismo Cuerpo o Escala de funcionario a la que  se presenta.

RESUELVE

Excluir del proceso selectivo a los aspirantes indicados en el Anexo de la presente  Propuesta de Resolución por no poseer el requisito de habilitación exigido en la base  quinta, letra e, de la convocatoria.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá  interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso  Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de  dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo  dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,  reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente  Resolución, recurso de reposición ante esta Secretaría General, en el plazo de un  mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los  artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento  Administrativo Común de las Administraciones Públicas.