Excluidos por incumplir alguno de los requisitos de participación de Ingenieros Técnicos (Forestales) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021)
Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Procesos de estabilización > Procesos de estabilización: concurso - oposición > Cuerpos y Escalas de Funcionarios > Concurso-oposición Arquitectos, Ingenieros Superiores (Montes), Arquitectos Técnicos y Aparejadores, Ingenieros Técnicos (Forestales), C.A.F. (Delineantes) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021) > Ingenieros Técnicos (Forestales)
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Valoración definitiva de méritos y relación aspirantes que han superado el proceso selectivo
Fecha de publicación: 16 de diciembre de 2024
Contenido publicado el 28 de junio de 2024:
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO POR LA QUE SE EXCLUYEN DEL PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION EN EL CUERPO DE INGENIEROS TÉCNICOS (FORESTALES) CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2022 DE LA VICECONSEJERIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ATENCIÓN AL CIUDADANO, AL AMPARO DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, A LOS ASPIRANTES QUE NO CUMPLEN CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN LA BASE QUINTA DE LA CONVOCATORIA.
Vistas las actuaciones en el procedimiento de referencia, se formulan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Por Resolución de 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano se convocaron procesos selectivos para el ingreso, mediante concurso- oposición, entre otros, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 29 de diciembre de 2022.
Segundo. Consta en la Dirección General de la Función Pública que los aspirantes que se relacionan en el Anexo de la presente Propuesta de Resolución ostentan la condición de funcionarios de carrera del cuerpo de la convocatoria.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Corresponde a esta Secretaría General la competencia para excluir a aquellos aspirantes que no cumplieran los requisitos establecidos de participación en los procesos selectivos convocados por Resolución de 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano antes citada, al ser el órgano gestor del proceso selectivo conforme a lo previstos en la citada convocatoria.
Segundo. Dispone la base quinta que “Quienes aspiren a ingresar en alguno de los cuerpos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León objeto de esta convocatoria deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación”, entre los que se encuentra: “e) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismo Constitucionales o Estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala de funcionario al que se presenta.”
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la base quinta in fine, el órgano gestor del presente procedimiento selectivo ha de resolver la exclusión del procedimiento de los aspirantes que no cumplen con uno de los requisitos de la convocatoria, al haberse acreditado la pertenencia al mismo Cuerpo o Escala de funcionario a la que se presenta.
RESUELVE
Excluir del proceso selectivo a los aspirantes indicados en el Anexo de la presente Propuesta de Resolución por no poseer el requisito de habilitación exigido en la base quinta, letra e, de la convocatoria.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse contra la presente Resolución, recurso de reposición ante esta Secretaría General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.