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  • Nombramiento de personal estatutario L.E. Medicina Familiar y Comunitaria (OPE 2018-2019)
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Nombramiento de personal estatutario L.E. Medicina Familiar y Comunitaria (OPE 2018-2019)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Estatutario > 2019 > Turno Libre y Discapacidad > Facultativos Especialistas > L.E. Medicina Familiar y Comunitaria (OPE 2018-2019)

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Personal Funcionario Estatutario

    Fecha de publicación: 3 de febrero de 2025

Contenido publicado el 3 de febrero de 2025:

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León.

Por Orden SAN/618/2019, de 18 de junio, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León (B.O.C. y L. de 28 de junio).

Mediante Orden SAN/18/2022, de 14 de enero, se aprobó la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León, y se ofertan las vacantes correspondientes. (B.O.C. y L. de 19 de enero).

Por Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, se nombró personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 7 de marzo).

Mediante Orden SAN/1446/2024, de 26 de noviembre, se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la Sentencia nº 867/2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid, en el procedimiento ordinario 116/2022, seguido a instancia de D.ª Marina Sánchez Sánchez. (B.O.C. y L. de 11 de diciembre).

A la vista de lo indicado, y siguiendo el orden establecido en la Orden SAN/18/2022, de 14 de enero, procede el nombramiento como personal estatutario fijo de la referida categoría, a la aspirante que, habiendo superado el proceso selectivo, y en función del orden que ocupaba en la Orden anteriormente mencionada, ha acreditado documentalmente cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria y ha solicitado un número de plazas suficiente, así como la asignación del correspondiente destino.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.2 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castila y León y conforme a la Orden SAN/1705/2007, de 10 de octubre (B.O.C. y L. de 31 de octubre), sobre delegación de competencias del Consejero de Sanidad, esta Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional

RESUELVE:

Primero.– Nombrar personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria del Servicio de Salud de Castilla y León a la aspirante que se relaciona a continuación, y adjudicar el destino que se indica:

TURNO / DNI / APELLIDOS Y NOMBRE / ÁREA / GERENCIA

L / ***6870** / SÁNCHEZ SÁNCHEZ, MARINA / PLAZA DE ÁREA / G.A.P. DE ZAMORA

Segundo.– En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, la aspirante nombrada deberá efectuar la toma de posesión en la Gerencia a la que esté adscrita la plaza adjudicada.

En el caso de que durante el curso del proceso selectivo se haya ostentado la condición de personal estatutario fijo en la categoría objeto de convocatoria, la toma de posesión estará condicionada a la presentación de la renuncia al nombramiento anterior de personal estatutario fijo debidamente aceptada por el Servicio de Salud correspondiente.

Decaerá en los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo quien, transcurrido dicho plazo, no tome posesión de su destino, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y así apreciada por el órgano competente para su nombramiento.

Tercero.– El personal objeto del presente nombramiento, en el acto de toma de posesión, deberá efectuar la declaración a que alude el artículo 31.3 del Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplada en dicho Decreto.

Si la interesada viniere realizando una actividad pública o privada que requiera la autorización de compatibilidad se estará a lo dispuesto en el artículo 31.4 del referido Decreto 227/1997, y demás normas concordantes.

Asimismo en el acto de toma de posesión, la interesada deberá aportar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o en su caso, autorización al centro para recabar los datos correspondientes a la misma.

Cuarto.– Para la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, la interesada habrá de prestar juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y las leyes, en el ejercicio de las funciones que le estén atribuidas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Quinto.– Los efectos de este nombramiento se retrotraerán, de tal forma que la efectividad del nombramiento en la plaza asignada será la misma que le hubiera correspondido conforme a la Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo de la categoría de Licenciado Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria (B.O.C. y L. de 7 de marzo), por lo que los efectos del nombramiento se retrotraerán al día 8 de marzo de 2022, primer día en el que hubiese podido tomar posesión.

Sexto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el titular de la Consejería competente en materia de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.