Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Aspirantes que superan el proceso selectivo y oferta de vacantes
Fecha límite: Plazo de presentación documentación: del 13 de marzo al 11 de abril de 2025
Contenido publicado el 12 de marzo de 2025:
RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2022, para el ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se ofertan los puestos de trabajo.
Finalizado el proceso selectivo de ingreso, por el sistema de acceso por promoción interna, en el Cuerpo Superior de la Administración de la Comunidad de Castilla y León convocado por Resolución de esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano de 16 de diciembre de 2022 (Boletín Oficial de Castilla y León de 21 de diciembre), mediante Resolución de 30 de octubre de 2024 de la Viceconsejería se aprobó y publicó la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo, y se ofertaron los puestos correspondientes.
No obstante, por Orden de 28 de febrero de 2025 del Consejero de la Presidencia se han acumulado y estimado sendos recursos de alzada interpuestos contra la Resolución del Tribunal Calificador del proceso selectivo señalado, por la que se hace pública la valoración definitiva de la fase de concurso y se declaran los aspirantes que han superado el proceso selectivo, únicamente respecto a aquellas puntuaciones que allí se indican, procediéndose a realizar una nueva valoración definitiva de la fase de concurso con las correcciones pertinentes, y una nueva relación definitiva de aspirantes que habían superado el proceso selectivo a la vista de dicha valoración, en la que se altera únicamente el orden de prelación de los aspirantes que superan el proceso, no su número, así como contra la Resolución de esta Viceconsejería mencionada en el párrafo anterior.
A la vista de los actos administrativos indicados, procede aprobar la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo y ofertar los correspondientes puestos de trabajo a los mismos. Esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,
RESUELVE
Primero. Aprobar y publicar la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.
Segundo. Como quiera que los aspirantes que superaron el proceso selectivo ya presentaron la documentación preceptiva exigida para la adjudicación tras la publicación de la Resolución de 30 de octubre de 2024 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que habían superado el proceso selectivo, y se ofertaron los puestos correspondientes, que fue posteriormente anulada, están exentos de su aportación.
No obstante, aquellos aspirantes que han superado el proceso selectivo pero cuya posición en el orden de prelación del mismo ha descendido respecto de relación de aspirantes prevista en la citada Resolución de 30 de octubre de 2024 tras la publicación de la presente, deberán presentar necesariamente, en el plazo de veinte días hábiles desde la publicación, el formulario «
Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados
», en los términos que se indican en los apartados siguientes. En otro caso, cuando su posición en relación de aspirantes que superan el proceso selectivo no haya descendido, su presentación será potestativa, para el caso de que deseen modificar la petición de puestos presentada inicialmente, si bien, si este fuera presentado, dejará sin efecto a aquel al que sustituye.
Aquellos aspirantes que al amparo de lo previsto en el 33.2 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, solicitaron destino en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando con carácter definitivo, cumpliendo en su caso el resto de requisitos establecidos, y aportaron la documentación correspondiente, estarán exentos de presentarla nuevamente.
Tercero. La presentación del formulario petición de puestos vacantes prevista en el apartado anterior se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Para ello se cumplimentará el formulario «
Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados
» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación telemática se elegirá la opción de «Firmar y registrar», siguiendo los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de documentos y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
Si no fuera posible la presentación de forma telemática, podrá presentarse en formato papel, cumplimentando el formulario «Petición de puestos para procesos selectivos superados» a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación en formato papel se elegirá la opción «Imprimir». El formulario una vez impreso y firmado, junto con el resto de la documentación se deberá presentar en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).
Cuarto. Los aspirantes que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base quinta de la citada orden de convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad de la solicitud inicial. Todo ello sin perjuicio de lo expuesto en el número anterior respecto de la documentación ya aportada al procedimiento.
Quinto. Los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución, deberán consignar los puestos por orden de preferencia, debiendo relacionar, al menos, tantos puestos de entre aquellos que cumplan los requisitos objetivos previstos en las relaciones de puestos de trabajo para su acceso como el número de orden obtenido en el proceso selectivo. En caso contrario, si el aspirante no consignara, o haya consignado en el formulario de puestos presentado anteriormente, todos los puestos de entre aquellos ofertados respecto de los que cumpla los requisitos objetivos, se le asignará de oficio el primer puesto de entre aquellos ofertados y no adjudicados.
Si alguno de los aspirantes no resulta adjudicatario de ningún puesto de trabajo habiendo cumplido con la previsión recogida en el párrafo anterior, se procederá a ofertar al o a los aspirantes que se encuentren en dicha situación un nuevo puesto o puestos de trabajo vacantes, habilitándose un plazo de cinco días desde la publicación de la resolución de nombramiento como funcionarios para que presenten la petición de puestos a la Dirección General de la Función Pública mediante la cumplimentación del modelo normalizado que figurará en dicha resolución, debiendo consignar tantos puestos como el número de orden que ostenten entre ellos.
Sexto. Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. El destino tendrá carácter definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.
Séptimo. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Consejería de la Presidencia publicará el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo con el destino que se les haya adjudicado.
Octavo. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Fecha límite:
Plazo de presentación documentación: del 13 de marzo al 11 de abril de 2025
Información adicional:
Publicada corrección de errores (12-03-2025). Amplía el plazo de presentación de documentación hasta el 11-04-2025.