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Ejecución de sentencia Fisiotereapeuta

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > 2018 > Personal Laboral. Ingreso Libre > Fisioterapeuta

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Ejecución de sentencia

    Fecha de publicación: 7 de abril de 2025

Contenido publicado el 7 de abril de 2025:

RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dispone la publicación de la Orden del Consejero de la Presidencia por la que se da cumplimiento a la sentencia número 236/2023, de 7 de julio, del Juzgado de lo Social n.º 2 de Palencia, dictada en el procedimiento ordinario 708/2021.

Con fecha 26 de marzo de 2025, el Consejero de la Presidencia ha dictado Orden por la que se da cumplimiento a la sentencia número 236/2023, de 7 de julio, del Juzgado de lo Social núm. 2 de Palencia, dictada en el Procedimiento Ordinario 708/2021, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor:

«RESUELVO:

  • Anular la Orden PRE/884/2021, de 13 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Fisioterapeuta de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el exclusivo particular de la inclusión en su anexo I, puestos ofertados, del puesto de trabajo 47058, Fisioterapeuta, en el CAMP de Palencia; puesto de trabajo cuya exclusión ha sido decretada por la sentencia núm. 236/23 del juzgado de lo social n.º 2 de Palencia.
  • Anular la Resolución de 19 de junio de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al ciudadano, por la que, en uso de la delegación otorgada por la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, se adjudican destinos a los aspirantes que superan el proceso selectivo convocado por la Orden PRE/884/2021, en el exclusivo particular de la adjudicación efectuada respecto del puesto de trabajo 47058, en los términos y con los efectos indicados en el fundamento de derecho II de la presente Orden.

En relación con las previsiones de la presente Orden podrán promoverse las actuaciones que, en relación con la ejecución de sentencias frente a entes públicos se establecen en el artículo 287.3 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social».

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 107.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y demás preceptos legales concordantes, se dispone su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.