Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > Procesos de estabilización > Procesos de estabilización: concurso - oposición > Cuerpos y Escalas de Funcionarios > Concurso-oposición Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos) y C.T.D.E. (Asistentes Sociales y Diplomados en Trabajo Social) (estabilización empleo temporal Ley 20/2021) > Cuerpo Facultativo Superior (Psicólogos)
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Aspirantes que superan el proceso selectivo y oferta de vacantes
Fecha límite: Plazo de presentación documentación: día 21 de julio al 18 de agosto de 2025
Contenido publicado el 18 de julio de 2025:
Resolución de 16 de julio de 2025 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano por la que se aprueban y publican las relaciones de aspirantes que han superado los procesos selectivos que fueron convocados, mediante el sistema de concurso-oposición, por diferentes Resoluciones de 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano para el ingreso en diversos Cuerpos y Escalas de Administración Especial de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Mediante diferentes Resoluciones de fecha 22 de diciembre de 2022 de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, publicadas en el BOCyL nº 249, de 29 de diciembre, se convocaron diferentes procesos selectivos, mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes Cuerpos y Escalas de Administración Especial de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuya gestión se encomendó a la Consejerías de Economía y Hacienda, Industria Comercio y Empleo, Cultura, Turismo y Deporte, Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y a la Gerencia de Servicios Sociales. Finalizados dichos procesos selectivos, procede aprobar la relación de aspirantes que los han superado y ofertarles los puestos de trabajo correspondientes.
Conforme a lo expuesto, esta Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,
RESUELVE
Primero. Aprobar y publicar la relación definitiva de aspirantes que han superado los procesos selectivos que se indican, ordenados en función del orden de puntuación obtenido, según figura en los respectivos Anexos, que se corresponden con aquellos previstos en las diferentes Resoluciones de 22 de diciembre de 2022, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano antes citadas, por la que se convocan procesos selectivos mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en diferentes cuerpos y escalas de Administración Especial de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
La relación de aspirantes que superan cada uno de los procesos selectivos, así como los puestos de trabajo ofertados, son los que se recogen en los anexos que se relacionan en la convocatoria.
Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en los respectivos anexos deberán presentar los siguientes documentos:
- Copia Auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta apartado a) de las diferentes convocatorias.
- Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta, el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Copia Auténtica del título académico o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos, que fue exigido para participar en cada uno de los procesos selectivos, que es el que figura recogido en las Resoluciones por las que se convocan los respectivos procesos selectivos a las que se ha hecho referencia anteriormente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será exigible al aspirante que hubiera obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
- Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
- Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo o Escala objeto de la respectiva convocatoria.
- Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria.
La presentación de esta documentación, así como de la petición de puestos vacantes prevista en el apartado cuarto, se efectuará telemáticamente, en el Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Para ello se cumplimentará el formulario «
Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados
» disponible a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación telemática se elegirá la opción de «FIRMAR Y REGISTRAR», siguiendo los pasos que se van indicando (comprobación de la solicitud, anexado de documentos y firma digital). El proceso terminará cuando se obtenga el Recibo de Presentación del Documento, que se podrá guardar y/o imprimir como justificante de la presentación.
Si no fuera posible la presentación de forma telemática, podrá presentarse en formato papel, cumplimentando el formulario «
Petición Puestos para Procesos Selectivos Superados
» a través de la página web de la Dirección General de Función Pública (https://empleopublico.jcyl.es). Cumplimentado dicho formulario y una vez validada y grabada la solicitud, para su presentación en formato papel se elegirá la opción “IMPRIMIR”. El formulario una vez impreso y firmado, junto con el resto de la documentación se deberá presentar en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, nº 1, 47008 – Valladolid).
Tercero. Los aspirantes que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base quinta de las diferentes convocatorias, referida a los requisitos que han de reunir los aspirantes, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad de la solicitud inicial.
Cuarto. Los aspirantes que han superado los diferentes procesos selectivos, en función de los puestos vacantes ofertados que se relacionan en los correspondientes anexos para cada una de los cuerpos y escalas, deberán consignar los puestos por orden de preferencia, debiendo relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final. En caso contrario, si el aspirante no consignara todos los puestos de entre aquellos ofertados respecto de los que cumpla los requisitos objetivos, se le asignará de oficio el primer puesto de entre aquellos ofertados y no adjudicados.
Si alguno de los aspirantes no resulta adjudicatario de ningún puesto de trabajo habiendo cumplido con la previsión recogida en el párrafo anterior, se procederá a ofertar al o a los aspirantes que se encuentren en dicha situación un nuevo puesto o puestos de trabajo vacantes, habilitándose un plazo de cinco días desde la publicación de la resolución de nombramiento como funcionarios para que presenten la petición de puestos a la Dirección General de la Función Pública mediante la cumplimentación del modelo normalizado que figurará en dicha resolución, debiendo consignar tantos puestos como el número de orden que ostenten entre ellos.
Quinto. Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. El destino tendrá carácter definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.
Sexto. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Consejería de la Presidencia publicará el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que hayan superado los procesos selectivos con el destino que se les haya adjudicado.
Séptimo. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, a 16 de julio de 2025
Fecha límite:
Plazo de presentación documentación: día 21 de julio al 18 de agosto de 2025