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Educador de Discapacitados

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Bolsas de Empleo > Bolsas SUPLETORIAS de Personal LABORAL Temporal > 2008 > EDUCADOR de DISCAPACITADOS (Bolsa Supletoria)

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Relación definitiva integrantes Bolsa de Empleo (BOCyL)

    Fecha límite: Recurso de reposición en el plazo de 1 mes (Hasta 04-08-2008) o contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses (Hasta el 04-09-2008)

Contenido publicado el 4 de julio de 2008:

ORDEN ADM/1196/2008, de 1 de julio, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que integran las Bolsas de Empleo de personal laboral de la Categoría de Educador de Discapacitados de la Administración de Castilla y León derivadas de la convocatoria efectuada por Orden ADM/606/2008, de 14 de abril.


Primero.-
Aprobar y publicar la relación de aspirantes que constituyen las Bolsas de Empleo de la Categoría de  Educador de Discapacitados de la Administración de Castilla y León en cada provincia, derivadas de la convocatoria efectuada por Orden ADM/606/2008, de 14 de abril, que se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León.


Segundo.-
Corresponde a las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en su respectivo ámbito provincial la gestión de las Bolsas de Empleo constituidas, que podrán delegar en las unidades periféricas de ellas dependientes.


Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaGESTION TERRITORIAL Bolsas de Empleo Supletorias (889 kbytes)


Tercero.- La gestión de la bolsa de empleo se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/385/2007, de 9 de marzo, que establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para la provisión de puestos de trabajo vacantes, en régimen de contratación laboral de carácter fijo, para las diferentes Categorías profesionales y especialidades en la Administración de la Comunidad de Castilla y León en lo que resulte aplicable.

Cuarto.- Publicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 c) de la citada Orden PAT/385/2007, de 9 de marzo, la relación de aspirantes que se encuentran en situación inicial de suspenso en las Bolsas de Empleo de la Categoría de Educador de Discapacitados  en cada provincia por encontrarse prestando servicios en virtud de nombramiento de personal interino o mediante contrato laboral temporal en la Administración de Castilla y León que se encuentran expuestas al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo de la presente Orden.

Dichos aspirantes, una vez finalizada la causa de suspensión, deberán comunicar a la correspondiente Delegación Territorial o unidad periférica delegada, en el plazo de diez días, tal circunstancia a efectos de tramitar el alta en la bolsa de que se trate.

Quinto.- La vigencia de las Bolsas de Empleo será de un año prorrogable por otro año en tanto no exista Acuerdo al respecto en el marco de la negociación del nuevo Convenio Colectivo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Administración Autonómica en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fecha límite:

Recurso de reposición en el plazo de 1 mes (Hasta 04-08-2008) o contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses (Hasta el 04-09-2008)