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  • ORDEN DE LLAMAMIENTO de la bolsa de empleo de personal laboral temporal de la D.T. de Valladolid (2004)
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ORDEN DE LLAMAMIENTO de la bolsa de empleo de personal laboral temporal de la D.T. de Valladolid (2004)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Empleo Temporal > Otras Bolsas de Empleo > Bolsas de Empleo de personal laboral derivadas del Anexo III del Convenio Colectivo > Delegacion Territorial de Valladolid > Bolsas de Empleo de personal laboral derivadas del Anexo III del Convenio Colectivo

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Relación definitiva integrantes Bolsa de Empleo (BOCyL)

    Fecha de publicación: 22 de enero de 2016

Contenido publicado el 22 de enero de 2016:

BOLETÍN INFORMATIVO BOLSA DE EMPLEO

CONVOCATORIA 2004 (ANEXO III CONVENIO COLECTIVO)


En la tabla adjunta se facilita la información relativa al último llamamiento aceptado en cada una de las categorías gestionadas, con referencia al día de la fecha.

El número de orden de llamadas tiene carácter meramente aproximativo y está sometido a las variaciones propias de las normas de gestión de la bolsa de empleo, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

Se incluye, igualmente, la información relativa al número de aspirantes que han perdido el orden de prelación, así como el de eliminados de cada una de las categorías. La denominación de éstas incorpora, en su caso, la correspondencia con la del nuevo sistema de clasificación profesional, en los términos del Acuerdo de Modificación del Convenio Colectivo, publicado en el B.O.C. y L. de 3-11-2004.

Esta información orientativa se facilitará quincenalmente (con referencia en los días 5 y 20 de cada mes) y se hará pública en los tablones de anuncios de las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Delegación Territorial y de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, en la página web de la Junta de Castilla y León y a través del Servicio Telefónico 012, de Información y Atención al Ciudadano.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 del Convenio Colectivo y en el punto octavo de las Bases de la convocatoria, una vez aprobadas y publicadas las bolsas de empleo resultantes de los diferentes procesos selectivos, dejan de tener vigencia las bolsas de las categorías correspondientes reguladas por dicha convocatoria. En consecuencia, se incluye también detalle de las bolsas de empleo no vigentes, con remisión a las del respectivo proceso selectivo.

En orden a obtener una eficaz gestión de la bolsa, se recuerda la necesidad de justificar ante los respectivos centros gestores las distintas eventualidades relativas a los supuestos que permiten mantener el orden de prelación en los listados.