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  • Integrantes la Bolsa de Empleo de TECNICO GESTIÓN CULTURAL y/o DEPORTIVA (D.T. Palencia Bolsa Supletoria)
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Integrantes la Bolsa de Empleo de TECNICO GESTIÓN CULTURAL y/o DEPORTIVA (D.T. Palencia Bolsa Supletoria)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Bolsas de Empleo > Bolsas SUPLETORIAS de Personal LABORAL Temporal > 2011 > Delegación Territorial de Palencia > TECNICO GESTIÓN CULTURAL y/o DEPORTIVA (D.T. Palencia Bolsa Supletoria)

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Relación definitiva integrantes Bolsa de Empleo (BOCyL)

    Fecha de publicación: 13 de junio de 2012

Contenido publicado el 13 de junio de 2012:

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2012, de la Delegación Territorial de Palencia, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que integran la Bolsa de Empleo de Personal Laboral de la Categoría Profesional de Técnico de Gestión Cultural y/o Deportiva en la provincia de Palencia, derivada de la convocatoria efectuada por Resolución de 26 de octubre de 2011, de la Delegación Territorial de Palencia.

Primero.– Aprobar y publicar la relación de aspirantes que constituyen la Bolsa de Empleo de la Categoría de Técnico de Gestión Cultural y/o Deportiva en la provincia de Palencia, derivada de la convocatoria efectuada por Resolución de 26 de octubre de 2011, de la Delegación Territorial de Palencia, que se encuentra expuesta al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo de la presente orden, en la página Web de la Junta de Castilla y León y en el servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano.

Segundo.– Corresponde a las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León en su respectivo ámbito provincial la gestión de las Bolsas de Empleo constituidas, que podrán delegar en las unidades periféricas de ellas dependientes.

Tercero.– La gestión de la Bolsa de Empleo, se ajustará a lo dispuesto en la Orden PAT/385/2007, de 9 de marzo, que establece el procedimiento de gestión y funcionamiento de las bolsas de empleo derivadas de las pruebas selectivas para la provisión de puestos vacantes, en régimen de contratación laboral de carácter fijo, para las diferentes Categorías profesionales y especialidades en la Administración de la Comunidad de Castilla y León en lo que resulte aplicable.

Cuarto.– Publicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 c) de la citada Orden PAT/385/2007, de 9 de marzo, la relación de aspirantes que se encuentran en situación inicial de suspenso en la Bolsa de Empleo de la Categoría de Técnico de Gestión Cultural y/o Deportiva en cada provincia, por encontrarse prestando servicios en virtud de nombramiento de personal interino o mediante contrato laboral temporal en la Administración de Castilla y León, que se encuentra expuesta al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León que se relacionan en el Anexo a la presente orden.

Dichos aspirantes, una vez finalizada la causa de suspensión, deberán comunicar a la correspondiente Delegación Territorial o unidad periférica delegada, en el plazo de diez días, tal circunstancia a efectos de tramitar el alta en la bolsa.

Quinto.– La vigencia de la Bolsa de Empleo ahora constituida será de un año prorrogable por otro año en tanto no exista Acuerdo al respecto en el marco de la negociación del nuevo Convenio Colectivo.

La Bolsa de Empleo constituida al amparo de la presente resolución conllevará la pérdida de vigencia de las bolsas no derivadas de los procesos selectivos que para la misma categoría se hayan convocado o constituido en el ámbito de la provincia de Palencia.

Sexto.– Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2.a y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.