Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Listado definitivo de personas candidatas
Fecha de publicación: 30 de octubre de 2024
Contenido publicado el 4 de febrero de 2021:
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda ampliar la relación definitiva de candidatos admitidos, aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2020 de esta Dirección General, de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León, constituida conforme al proceso selectivo convocado por Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, modificada por la Orden PRE/620/2020, de 3 de julio.
Primero.– Ampliar la relación definitiva de candidatos aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de la Función Pública, referida a la fecha de corte del día 20 de agosto de 2020, de la Bolsa de empleo temporal del Cuerpo Superior de la Administración de Castilla y León, con los candidatos que han resultado excluidos en la citada Resolución de 22 de diciembre de 2020 por alcanzar, una vez verificada por la Administración, una puntuación inferior a la nota de corte fijada en 2,990 puntos, así como con los aspirantes que figuren en el listado definitivo de integrantes con una puntuación autobaremada inferior a dicha nota de corte de 2,990 puntos y que en ambos casos igualen o superen la nota de corte que se fija a continuación.
Segundo.– A los efectos indicados de ampliación de la relación definitiva de candidatos aprobada por Resolución de 22 de diciembre de 2020, se fija una nueva nota de corte en 0,00 puntos y para la totalidad de las zonas elegidas para la prestación de servicios.
Tercero.– Los aspirantes que tengan en estos momentos la condición de candidatos excluidos en la citada Resolución de 22 de diciembre de 2020 por alcanzar, una vez verificada por la Administración, una puntuación inferior a la nota de corte fijada en 2,990 puntos, figurarán en la relación de candidatos ampliada con la misma puntuación asignada en el Anexo II de dicha Resolución de 22 de diciembre de 2020, quedando, por tanto, exonerados de presentar toda documentación justificativa de los méritos alegados.
Cuarto.– Por su parte, los aspirantes que figuran en la relación definitiva de integrantes con una puntuación autobaremada inferior a 3,000 puntos y superior a la nueva nota de corte fijada anteriormente habrán de presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados en su solicitud de inscripción, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León. Dicha documentación justificativa se enviará registrada a la Dirección General de la Función Pública, sita en la calle Santiago Alba, 1.– 47014 Valladolid.
Si estos aspirantes hubieren alegado la prestación de servicios durante el estado de alarma declarado por el Gobierno para la gestión de la crisis sanitaria derivada del COVID-19 deberán aportar los certificados correspondientes expedidos por el órgano competente del centro o servicio donde se hubieren prestado.
No obstante lo resuelto en el párrafo primero de este apartado cuarto, se considerarán debidamente acreditados con arreglo a lo previsto en el baremo y en el apartado 3 de la base cuarta de la orden de convocatoria los méritos alegados por estos integrantes que hayan sido comprobados y validados por el órgano gestor de esta bolsa, quedando en estos casos los interesados exentos de presentar la correspondiente documentación justificativa.
Tampoco vendrán obligados a presentar la correspondiente documentación justificativa aquellos integrantes que hubieren alegado méritos por haber prestado servicios o haber adquirido experiencia profesional en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos, que se ajusten estrictamente a los requisitos definidos en los apartados c) y d) del baremo de méritos de esta convocatoria –no incluidos los servicios COVID-19– pero que por cualquier circunstancia no hayan sido validados por la Administración, siendo suficiente en estos casos con que los interesados formulen alegaciones, haciendo constar la clase de servicios, el régimen jurídico por el que se regulen (personal funcionario o personal laboral), la Consejería u Organismo Autónomo en que hubieren sido prestados y las fechas de inicio y fin de esos servicios coincidentes con las tomas de posesión y firma de los contratos laborales, así como los ceses en dichas relaciones de servicio o que continúen en su prestación.
Igualmente, quedan exentos de presentar en el plazo antes indicado la documentación acreditativa de los méritos alegados hasta la anterior fecha de corte –10 de junio de 2019–, incluso aquellos que correspondan a servicios prestados en otras Administraciones Públicas, que ya se hubiere presentado dentro del plazo previsto a tal efecto en la Resolución de 11 de septiembre de 2019 de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de integrantes y la relación definitiva de excluidos de la bolsa de empleo temporal del Cuerpo Superior de Administración de Castilla y León, convocada por Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto (B.O.C. y L. del 17 de septiembre de 2019).
Quinto.– Para conocer qué méritos de los alegados por los aspirantes han sido o no validados por la Administración, estos podrán consultar estos extremos en su solicitud de inscripción en esta bolsa, siguiendo para ello las indicaciones específicas contenidas en el capítulo 5 «Consulta solicitudes» –apartado: «Consulta de solicitud grabada a fecha de corte y validaciones de méritos por el órgano gestor»– del Manual de instrucciones o de usuario de la aplicación de Bolsas de Empleo publicado en el portal de empleados públicos https://empleopublico.jcyl.es
Sexto.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, con carácter previo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Dirección General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no pudiéndose en este caso interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Información adicional:
Listados referidos a la fecha de corte del día 20 de agosto de 2020.
AMPLIACIÓN la relación definitiva candidatos admitidos y excluidos por RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de la Función Pública (BOCyL 07-01-2021)