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Resolución definitiva 2022_Concurso específico puestos de carácter sanitario reservados a personal funcionario Subgrupo A1 (Veterinarios) en la Consejería de Sanidad y en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

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Contenido publicado el 16 de junio de 2023:

RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2023, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se resuelve definitivamente el concurso específico convocado por la Orden PRE/926/2022, de 20 de julio, para la provisión de puestos de trabajo de carácter sanitario reservados al personal funcionario de carrera del subgrupo A1 perteneciente al Cuerpo Facultativo Superior Sanitario (Veterinarios) en la Consejería de Sanidad y en la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Primero.– Excluir del Anexo I.A de la orden de convocatoria «Relación de puestos de trabajo ofertados» los puestos identificados con los códigos de RPT números 42631, 42651, 42692, 42710, 42736, 42752 y 42766, de Jefe de Sección de la Sección de Coordinación de Controles de Ayudas Directas de los Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca, Soria, Valladolid y Zamora, respectivamente, por estar directa y expresamente afectados por la declaración de nulidad del Acuerdo de 27/2021, de 18 de marzo, por el que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y otras Consejerías y Organismos Autónomos, recaída en la Sentencia firme n.º 1134, de 18 de octubre de 2022, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de conformidad con lo previsto en la base primera, apartado 4 a) de la orden de convocatoria.

Igualmente, se acuerda excluir del Anexo I.B de la orden de convocatoria «Relación de puestos de trabajo a resultas» los puestos identificados con los códigos de RPT números 42676 y 42723, de Jefe de Sección de la Sección de Coordinación de Controles de Ayudas Directas de los Servicios Territoriales de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de León y Segovia, respectivamente, por estar directa y expresamente afectados por la declaración de nulidad contenida en la antedicha resolución judicial, de conformidad con lo previsto en la base primera, apartado 4 a) de la orden de convocatoria.

Segundo.– Hacer pública la resolución del concurso, adjudicándose con carácter definitivo los puestos de trabajo vacantes relacionados en el Anexo I.A de la presente resolución a los concursantes que se reseñan, con indicación de la puntuación total y de las puntuaciones otorgadas en cada de los méritos generales de la primera fase y la puntuación total en los méritos específicos alegados y acreditados y en la entrevista de la fase segunda.

Asimismo, se hace pública en el Anexo I.B la relación de los puestos de trabajo adjudicados a resultas del propio concurso, con igual carácter definitivo, a los concursantes que se señalan, con indicación de las puntuaciones que les han sido asignadas.

Tercero.– Excluir, con carácter definitivo, las solicitudes de participación presentadas por los empleados públicos que figuran relacionado en el Anexo II por no cumplir los requisitos y condiciones establecidos en este procedimiento de provisión, con indicación de la causa o causas que ha motivado su exclusión.

Cuarto.– Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de posesión se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito al mismo Cuerpo/Escala desde el que se concursa. Esta Viceconsejería, en caso que proceda, aceptará la renuncia al puesto adjudicado en esta resolución que formulen los concursantes mediante resolución notificada a los interesados y comunicada a la Unidad respectiva a la que hubieran sido destinados.

Los destinos adjudicados en esta resolución no generan derecho a indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio, conforme a la base duodécima.

Quinto.– El cese en el puesto de trabajo que vinieran desempeñando los adjudicatarios se realizará el día 10 de julio de 2023.

La toma de posesión del nuevo destino obtenido deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese si dicho destino radica en la misma localidad, o en el plazo de diez días hábiles siguientes al del cese si radica en localidad distinta.

Cuando se trate de puestos adscritos a Zonas Básicas de Salud, la toma de posesión del puesto adjudicado deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese, si este es de la misma localidad o Zona Básica de Salud, o de cinco días hábiles, si el nuevo destino es de distinta localidad y Zona Básica de Salud.

Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de diez días hábiles y comenzará a computarse a partir del día hábil siguiente al 10 de julio de 2023.

El plazo posesorio se considerará a todos los efectos, incluso los retributivos, como de servicio activo para los funcionarios que participen desde esta situación administrativa.

El cómputo de dichos plazos se iniciará cuando finalicen los permisos, licencias o vacaciones que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo en el supuesto de que el puesto en que deban cesar haya sido adjudicado en el concurso o al mismo deba acceder otro funcionario.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, a los adjudicatarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o disfrutando de permisos por nacimiento para la madre biológica, por adopción, por guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente y del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, se diligenciará el cese en el destino anterior y la toma de posesión en el nuevo destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los apartados anteriores, sin que ello suponga la finalización de la licencia o permiso concedidos.

Sexto.– Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Viceconsejería en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.