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Reanudación del proceso selectivo de Veterinarios (PAT/1094/2007)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2007 > Consolidación Funcionarios > Veterinarios

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Funcionarios

    Fecha de publicación: 4 de agosto de 2022

Contenido publicado el 30 de junio de 2017:

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2017, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de la Viceconsejera de Función Pública y Gobierno Abierto por la que se modifica la Orden PAT/1094/2007, de 31 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios), en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario, en cumplimiento de las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictadas en los Procedimientos Ordinarios números 1328/2007, 1359/2007, 1459/2007 y 1461/2007, y se reanuda el proceso selectivo en el momento en que quedó suspendido.

«RESUELVO

1.– Dejar sin efecto la base 7.2, la base 3.6 y Anexo II de la Orden PAT/1094/2007, de 31 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios), en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario, de acuerdo con los pronunciamientos anulatorios de las sentencias dictadas en los Procedimientos Ordinarios 1328/2007, 1359/2007, 1459/2007 y 1461/2007 sustanciados ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Asimismo se deja sin efectos la previsión contenida en la base 6.2.

2.– Aprobar, en su sustitución, las siguientes bases y el nuevo modelo de certificación Anexo II que se adjunta a la presente resolución:

“Base 7.2. Fase de concurso. La puntuación máxima será de 45 puntos. Se valorarán los méritos siguientes:

a) Los servicios efectivos prestados, hasta un máximo de 35 puntos, conforme a los siguientes criterios:

1. Servicios efectivos prestados como funcionario de carrera o funcionario interino –entendiendo comprendido dentro de este último tipo los servicios prestados como sustituto–, en puestos de trabajo adscritos al Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios), en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicios.

2. Servicios efectivos prestados como funcionario de carrera o funcionario interino –entendiendo comprendido dentro de este último tipo los servicios prestados como sustituto–, así como los prestados por personal estatutario fijo o temporal –incluido en este último supuesto de personal estatutario la promoción interna temporal– en puestos de trabajo de otras Administraciones Públicas adscritos a Cuerpos o Escalas para cuyo ingreso se haya exigido el título de Licenciado en Veterinaria y con funciones equivalentes a las del Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a razón de 0,15 puntos por cada mes completo de servicios.

3. Servicios efectivos prestados en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Castilla y León como contratado laboral con funciones similares a las del Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León –excluidos, por tanto, los servicios correspondientes a campañas de saneamiento ganadero– y para los que se haya exigido el título de Licenciado en Veterinaria, a razón de 0,20 puntos por cada mes completo de servicios.

4. Servicios efectivos prestados como contratado laboral en otras Administraciones Públicas con funciones similares a las del Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León –excluidos, por tanto, los servicios correspondientes a campañas de saneamiento ganadero– y para los que se haya exigido el título de Licenciado en Veterinaria, a razón de 0,10 puntos por mes de servicios completo.

5. Servicios técnicos prestados como licenciados en veterinaria en campañas obligatorias de saneamiento ganadero, con independencia de la naturaleza jurídica del vínculo que tales servicios tengan atribuida o reconocida, a razón de 0,05 puntos por cada mes completo de servicios en el ámbito de la Administración de Castilla y León y de 0,03 puntos por mes completo prestado en el ámbito de otras Administraciones Públicas.

En ningún caso un mismo período de servicios prestados podrá ser objeto de valoración en más de un apartado de los anteriores.

b) La formación académica. La puntuación por este apartado no podrá exceder de 10 puntos, según la siguiente baremación:

– Por asignatura de la titulación con la que se opta al procedimiento selectivo:

• Matrícula de Honor: 10 puntos.

• Sobresaliente: 9 puntos.

• Notable: 8 puntos.

• Aprobado: 5 puntos.

– Grado de Licenciado o Graduado: 1 punto.

– Título de Doctor: 2 puntos.”

“Base 3.6. En el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente al que se haga pública la lista de aprobados de la fase de oposición, los aspirantes que la hayan superado deberán presentar en los centros y lugares en los que hayan prestado los correspondientes servicios, solicitud de las certificaciones de servicios prestados al Secretario General correspondiente u órgano equivalente de la Administración Pública donde los hubieren prestado, referidas al día de finalización del plazo de presentación de instancias, esto es al 11 de julio de 2007, quienes las emitirán según modelo que se adjunta como Anexo II. Dichas certificaciones serán remitidas a la Dirección General de Función Pública, de oficio por los órganos emisores dependientes de esta Administración (que a su vez enviarán una copia al interesado), o por los propios aspirantes si aquellas hubieran sido expedidas por órganos de otras Administraciones Públicas.

Asimismo, los aspirantes dirigirán en el plazo indicado a la Dirección General de Función Pública, escrito adjuntando copia registrada de la solicitud de las certificaciones a que se refiere el párrafo anterior, así como, en su caso, fotocopias compulsadas del resto de los méritos que aleguen a efectos de su valoración en la fase de concurso, conforme a la base 7.2.”

3.– Reanudar el procedimiento selectivo en el momento en que quedó suspendido, a cuyos efectos, la Dirección General de la Función Pública procederá a publicar en el “Boletín Oficial de Castilla y León” la resolución aprobatoria de las listas provisionales de admitidos y excluidos, conforme a lo dispuesto en la base cuarta de la Orden PAT/1094/2007, de 31 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Veterinarios), en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario.

En relación con las previsiones de la presente resolución, por las que se da cumplimiento a la sentencia señalada, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias, se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.»

Lo que se publica junto al Anexo II que a dicha resolución acompaña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 55. 2. a) del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en el artículo 44.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León.

Valladolid, 14 de junio de 2017.

Información adicional:

Se reanuda el proceso selectivo en el momento en que quedó suspendido.