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Relación de aprobados del proceso selectivo y plazo de presentación de méritos Inspectores Farmacéuticos (ejecución de sentencia)

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    Convocatoria a la que pertenece:

    Personal Funcionario y Laboral > Anterior a 2017 > 2016 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Inspectores Farmacéuticos

    Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:

    Nombramiento de Funcionarios

    Fecha de publicación: 18 de febrero de 2022

Contenido publicado el 3 de diciembre de 2021:

ORDEN PRE/1426/2021, de 23 de noviembre, por la que se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 29 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores Farmacéuticos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario, y se ofertan los puestos de trabajo, en ejecución de sentencia.

Primero.– Aprobar y publicar la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, según figura en el Anexo I.

Segundo.– En el plazo de 20 días naturales establecido en la convocatoria del proceso selectivo, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública los siguientes documentos:

  • a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta a) de la convocatoria.
  • b) Fotocopia compulsada del título de Licenciado o Grado en Farmacia, o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a titulación a través del Sistema de Verificación de Datos marcando la casilla correspondiente en el Anexo II. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
  • c) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios (Anexo II). En caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
  • d) Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo de Inspectores Farmacéuticos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme al modelo del Anexo II.
  • e) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria, conforme al modelo del Anexo II. La documentación a que se refieren los apartados anteriores deberá presentarse en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el siguiente enlace https://www.jcyl.es/web/jcyl/Portada/es/Plantilla100DirectorioPortada/1248366924958/1279887997704/1144425291523/DirectorioPadre, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, n.º 1, 47008 - Valladolid).


Tercero.– Quedan exonerados de presentar la documentación y declaraciones responsables relacionadas en las letras a), b), d) y e) del apartado anterior los aspirantes que hubieren sido nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores Farmacéuticos Administración de la Comunidad de Castilla y León por Orden PRE/885/2017, de 3 de octubre, por la que se nombran funcionarios de carrera, a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, para ingreso en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario, convocado por Resolución de 29 de junio de 2016, de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto, y hubieren tomado posesión de los puestos de trabajo adjudicados en ellas, y siempre que no se hayan modificado los requisitos y circunstancias acreditadas por aquellos en su día.

Cuarto.– Salvo casos de fuerza mayor, quienes dentro del plazo fijado no hayan autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a) y b) o no presenten la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, con la salvedad prevista en el apartado tercero respecto de los aspirantes exonerados, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Quinto.– Junto a la documentación exigida en el apartado segundo, los aspirantes relacionados en el Anexo I, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo IV, consignando los puestos de trabajo vacantes que se ofertan y se relacionan en el Anexo III, por orden de preferencia.

Sexto.– Los puestos de trabajo vacantes ofertados se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida en los términos especificados en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. Los puestos de trabajo vacantes ofertados se adjudicarán con carácter definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.

Séptimo.– Transcurrido el plazo de presentación de documentos y de petición de puestos, la Consejería de la Presidencia nombrará funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores Farmacéuticos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que han superado el proceso selectivo relacionados en el Anexo I y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria con el destino que se les haya adjudicado, con los efectos que se determinen en la correspondiente orden de nombramiento, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Octavo.– Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, con carácter potestativo, aquellos podrán interponer recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha límite:

Plazo presentación documentación: hasta el 23 de diciembre de 2021

Información adicional:

Cumplimiento de la sentencia nº 182 de 14 de febrero de 2019 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL.