Convocatoria a la que pertenece:
Personal Funcionario y Laboral > 2018 > Cuerpos y Escalas de Funcionarios. Ingreso Libre > Veterinarios (2018)
Fase actual en la que se encuentra la convocatoria:
Aspirantes que superan el proceso selectivo y oferta de vacantes
Fecha límite: Plazo de presentación de documentación: del 25 de septiembre al 23 de octubre de 2025
Contenido publicado el 24 de septiembre de 2025:
RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2025, de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se aprueba y publica la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden PRE/1595/2021, de 15 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Facultativo Superior Sanitario (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se ofertan los puestos de trabajo.
Por Resolución de 20 de noviembre de 2024 (Boletín Oficial de Castilla y León de 25 de noviembre), de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, se aprueba y publica la relación de aspirantes que han superado el proc eso selectivo convocado por Orden PRE/1595/2021, de 15 de diciembre, para el ingreso, por el sistema de acceso libre en el Cuerpo Facultativo Superior Sanitario (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se ofertan los puestos de trabajo.
Por Orden PRE/460/2025, de 2 de mayo (Boletín Oficial de Castilla y León de 8 de mayo), se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo Facultativo Superior Sanitario (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a los aspirantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Orden PRE/1595/2021, de 15 de diciembre, para ingreso por el sistema de acceso libre, en dicho cuerpo.
Se ha constatado que dos de los aspirantes nombrados, en concreto los identificados con los DNI números ***7444** y ***6118** , no ha formalizado en el plazo establecido para ello la toma de posesión en el puesto adjudicado ni han presentado justificación alguna de la causa o razón por la que no la ha formalizado, por lo que puede ser considerada como una renuncia tácita e inequívoca. Por lo tanto, para asegurar la cobertura de las plazas convocadas, al producirse la circunstancia recogida en la base 10.1 apartado a) de la convocatoria, es decir el supuesto de renuncia antes de la toma de posesión del puesto adjudicado, se ha requerido al Tribunal relación complementaria de los siguientes aprobados que sigan a los propuestos inicialmente.
De conformidad con lo dispuesto en la base 10.1 de la convocatoria, a propuesta del tribunal calificador, una vez requerida al mismo por parte de esta Viceconsejería relación complementaria de aspirantes que superan el proceso selectivo, y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y en uso de la delegación otorgada en el apartado segundo b) de la Orden PRE/1367/2022, de 3 de octubre, por la que se delega el ejercicio en determinadas competencias en los órganos directivos centrales de la Consejería de la Presidencia,
RESUELVE
Primero. Aprobar y publicar que los aspirantes que se relacionan en el Anexo I han superado el proceso selectivo, con la puntuación que en el mismo se indica.
Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, los aspirantes relacionados en el Anexo I deberán presentar los siguientes documentos:
- a) Copia Auténtica del Documento Nacional de Identidad o autorización al órgano convocante a que consulte, constate y verifique los datos relativos a su Documento Nacional de Identidad a través del Sistema de Verificación de Datos (Anexo III). Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en la base quinta apartado a) de la convocatoria.
- b) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales, únicamente en caso de acceso a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores. En ausencia de autorización para su consulta (Anexo III), el interesado deberá aportar su respectiva copia auténtica conforme dispone el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- c) Copia Auténtica del título de Licenciado o Grado en Veterinaria o autorización al órgano convocante a que consulte los datos relativos al mismo a través del Sistema de Verificación de Datos (Anexo III).
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación del título. Este requisito no será exigible a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
- d) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado, por sentencia firme, para el ejercicio de funciones públicas, ni de haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado.
- e) Declaración responsable de no pertenecer al Cuerpo Facultativo Superior Sanitario (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme al modelo del Anexo III.
- f) Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo objeto de la convocatoria (Anexo III).
La documentación a que se refieren los apartados anteriores deberá presentarse en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en cualquiera de los centros oficiales a los que se refiere y en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irá dirigida a la Dirección General de la Función Pública (calle Santiago Alba, nº 1, 47008 - Valladolid).
Tercero. Salvo casos de fuerza mayor, si dentro del plazo fijado no se ha autorizado a la Administración para la consulta de los datos personales establecidos en los apartados a), b) y c) o no se presentase la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base quinta de la citada orden de convocatoria, no podrá ser nombrada funcionaria, quedando sin efecto todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad de la solicitud de participación.
Cuarto. Los aspirantes, en función de los puestos vacantes que se relacionan en el Anexo II de la presente resolución, deberán consignar los puestos por orden de preferencia en el modelo que figura como Anexo IV, debiendo relacionar, al menos, tantos puestos como el número de orden obtenido en la calificación final.
Quinto. Las vacantes se adjudicarán siguiendo el orden de puntuación total obtenida, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril. El destino tendrá carácter provisional, de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 del citado Decreto.
Sexto. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Consejería de la Presidencia publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León el nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes con el destino que se les haya adjudicado.
Séptimo. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería de la Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Fecha límite:
Plazo de presentación de documentación: del 25 de septiembre al 23 de octubre de 2025