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Nombramiento de funcionarios en prácticas del procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades del Cuerpo de Maestros (2022)

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Contenido publicado el 26 de octubre de 2022:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaORDEN EDU/1447/2022, de 14 de octubre y Modificaciones: Órdenes EDU/414/2023 (BOCyL 04-04-2023) y ORDEN EDU/450/2025 (BOCyL 13-05-2025) (2.125 kbytes) , por la que se nombran funcionarios en prácticas del cuerpo de maestros a los opositores seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso y adquisición de nuevas especialidades, convocado por la Orden EDU/147/2022, de 24 de febrero.

Primero.– Nombramiento de funcionarios en prácticas.

1. Nombrar funcionarios en prácticas del cuerpo de maestros a los opositores seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso convocado por Orden EDU/147/2022, de 24 de febrero, que figuran relacionados en el anexo I por orden de puntuación, con asignación del número de registro personal, indicación de la especialidad por la que accedieron y provincia a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.

2. Con motivo de las renuncias y la resolución de recursos indicadas en el apartado segundo, y al objeto de asegurar la cobertura total de las plazas convocadas respecto al turno libre tal y como se recoge en el artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se incluye en el anexo I a quien seguía en orden a los seleccionados en el proceso conforme a las listas hechas públicas por las correspondientes comisiones de selección, dejando alguno de ellos de formar parte de la lista de seleccionados, al obtener una puntuación inferior a la del último opositor seleccionado.

3. El citado orden de puntuación será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a concurrir con carácter forzoso.

Segundo.– Renuncias y recursos.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado vigesimocuarto.7 de la Orden EDU/147/2022, de 24 de febrero, y el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se aceptan las renuncias al proceso selectivo convocado por la citada orden de las siguientes opositoras seleccionadas, de la especialidad de Educación Infantil, perdiendo, en consecuencia, todos los derechos derivados de este proceso selectivo:

  • a) Doña Sonia Gallego Deza, con DNI ***3737**.
  • b) Doña Beatriz Puente Arribas, con DNI ***6435**.

2. Como consecuencia de la resolución estimatoria de recursos de alzada interpuestos contra los listados de aspirantes seleccionados en el plazo establecido en el apartado segundo de la Resolución de 18 de julio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición por las comisiones de selección de los listados de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros y de los declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado cuerpo, convocados por la Orden EDU147/2022, de 24 de febrero:

  • a) Se excluye del listado de seleccionados, al obtener una puntuación inferior a la de la última seleccionada del turno libre, a las siguientes opositoras:
    1.º Doña Leticia Manrique Montaña, con DNI ***3545**, de la especialidad de Pedagogía Terapéutica.
  • 2.º Doña Lorena Sanchez Lopez, con DNI ***0581**, de la especialidad de Educación Infantil.
     
  • b) Se modifica la puntuación de doña Laura Lucas Abadía, con DNI ***2100**, de la especialidad de Educación Primaria, manteniendo la misma provincia de prácticas.


Tercero.– Efectos del nombramiento.
Con carácter general y de conformidad con el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2022 y económicos desde la fecha de toma de posesión.

Cuarto.– Aplazamiento.
1. Conceder el aplazamiento para la realización de la fase de prácticas hasta su efectiva incorporación en el curso escolar 2023/2024, a doña Mª Eugenia Sánchez Barragán, con DNI ***6929**, de la especialidad de Educación Infantil.
2. Quienes no puedan cumplir el periodo mínimo exigido en el curso 2022/2023 por motivo de aplazamientos o prórrogas concedidas, serán nombrados funcionarios de carrera con efectos 1 de septiembre del siguiente curso escolar en que finalicen, con la valoración de aptos, la fase de prácticas.

Quinto.– Opción de percepción de remuneraciones.
De acuerdo con el apartado vigesimocuarto.4 de la Orden EDU/147/2022, de 24 de febrero, los seleccionados que ya estén prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que de acuerdo con la normativa vigente les corresponda, deberán formular ante la dirección provincial de educación de la provincia asignada para la realización de la fase de prácticas, opción por la percepción de remuneraciones, durante su condición de funcionarios en prácticas, de conformidad con lo previsto en el Decreto 29/1989, de 9 de marzo, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.

Sexto.– Declaración de incompatibilidad.
Los opositores seleccionados que sean nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente orden, deberán presentar declaración de no encontrarse incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administraciones Públicas y en el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Séptimo.– Régimen Jurídico.
Desde el momento del nombramiento de funcionarios en prácticas hasta el nombramiento como funcionarios de carrera, el régimen jurídico-administrativo de los aspirantes seleccionados será el de funcionarios en prácticas.

Octavo.– Adquisición de las nuevas especialidades.
1. Declarar aptos en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en el cuerpo de maestros a los funcionarios relacionados en el anexo II, con indicación de la nueva especialidad adquirida.

2. De acuerdo con el apartado trigésimo de la Orden EDU/147/2022, de 24 de febrero, los funcionarios relacionados en el anexo II, están exentos de la fase de prácticas.

3. La adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas, a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes, manteniendo, cualquiera que sea la especialidad de las que posee a que corresponda el puesto del que sea titular, todos los derechos que pudieran corresponderles por la fecha efectiva de su ingreso en el cuerpo.

4. La Consejería de Educación expedirá la correspondiente credencial de asignación de nueva especialidad, procediéndose a su anotación en el registro general de personal.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información adicional:

  • Nombramiento de funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros.